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Bebés con Coronavirus
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Ingimage (Referencia)

Con una votación unánime, la Corte Constitucional determinó que sólo las empresas con más de 50 empleadas están obligados a crear salas de lactancia para facilitar a las madres que laboran allí, extraer la leche materna para su hijo recién nacido. 

La obligación también cobijará a las empresas con capitales iguales o superiores a los 1.500 salarios mínimos. La Corte estudió una demanda que pedía extender esa obligación a las pequeñas empresas, con el fin de que las mamás que laboraran allí, puedan hacer uso del lugar.

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La demanda, que no fue acogida por la Corte, decía que la ley era discriminatoria con aquellas madres lactantes que trabajan en empresas con menos de 50 empleadas, dado a que no existe la obligación de crear la sala de lactancia. 

La demanda también señalaba que podría verse vulnerados los derechos del recién nacido a acceder a la leche materna durante los primeros meses de vida.

La Ley 1823 de 2017 que ordena a las grandes empresas crear las Salas Amigas de la Familia de Lactante obliga a las "entidades públicas del orden nacional y territorial, del sector central y descentralizado, y las entidades privadas", crear los espacios. 

Dice que esos lugares deberán estar acondicionadas para garantizar las condiciones adecuadas para la extracción y conservación de la leche materna, “bajo normas técnicas de seguridad, para luego transportarla al hogar y disponer de ella, para alimentar al bebé en ausencia temporal de la madre”.

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El Ministerio de Salud y Protección Social será el encargado de vigilar controlar la implementación y funcionamiento de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral en las entidades públicas y privadas.

La ley también establece que los gobiernos, departamental distrital y municipal, deben promover campañas y brindar capacitación para incentivar la lactancia materna en las trabajadoras de las entidades públicas y privadas.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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