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Las personas con infertilidad evitarían los elevados costos de un tratamiento particular.
Foto: Ingimage

La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que el Estado sí debe costear todos los tratamientos de fertilidad para parejas que no pueden concebir hijos

El alto tribunal declaró infundadas las objeciones del Gobierno a la ley Sara, la cual busca proteger los derechos de ese grupo de personas y ordenó incluir estos tratamientos en el Plan Obligatorio de Salud (POS). 

De esta manera el proyecto de ley volverá al Congreso de la República para terminar su trámite normal y posteriormente pasaría a sanción presidencial. 

En varios conceptos, el Gobierno afirmaba que costear todos los tratamientos de fertilidad podrían poner en la ‘cuerda floja’ el erario público, pues el Estado tendría que gastar hasta 13 billones de pesos anuales. 

Sin embargo el concepto de la Procuraduría que, al parecer, tuvo en cuenta la Sala Plena, pedía dar vía libre a dicha ley y declarar infundadas las objeciones del Estado al argumentar que “no se vulnera la estabilidad financiera, ni se incumple el requisito de contar con el concepto del impacto fiscal”. 

Con la decisión de la Corte, las parejas colombianas que tienen problemas de fertilidad, y que constituyen el 10,2 por ciento de la población, según la última Encuesta Nacional de Demografía y Salud (Ends 2015), serán protegidas bajo la ley y se les garantizará el tratamiento de médico para su condición, considerada como una enfermedad por la Organización Mundial de la Salud.

Incluso el propio proyecto de ley define la infertilidad como “una enfermedad del sistema reproductivo que impide lograr un embarazo clínico después de los 12 meses o más de relaciones sexuales no protegidas”. 

Así las cosas, el proyecto de ley establece que el Ministerio de Salud deberá reglamentar el acceso a los tratamientos de infertilidad “mediante técnicas de reproducción humana asistida o terapias de reproducción asistida”. 

Lo anterior deberá garantizar el derecho con recursos públicos y dentro del modelo del Plan Decenal de Salud Publica y cumpliendo con requisitos como la edad, la condición de salud de pareja infértil y la capacidad económica de la pareja. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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