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El 20% de los registradores del país, serian jóvenes recién graduados
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RCN Radio

En redes sociales se ha especulado sobre si el nuevo estatuto de regularización se puede utilizar para lograr beneficios electorales. Pedimos ayuda a la Registraduría y esto fue lo que nos contaron.

La Constitución Política establece para los ciudadanos colombianos el derecho de elegir y ser elegido y también que esta ciudadanía se puede ejercer por nacimiento o por adopción. La segunda opción es la que atañe a los extranjeros con padres colombianos, pero se requiere de un trámite especial para que accedan a este estatus.

(VIDEO) ¿Cuándo pueden votar los extranjeros en Colombia?

En el caso de los extranjeros que no se hacen ciudadanos también pueden votar, pero solo en elecciones de alcalde concejo y Junta Administradora Local, según el Registrador Delegado en lo Electoral, NIcolás Farfán, solo pueden hacerlo bajo requisitos previos.

“Tener visa de residente, de conformidad con las normas que regulen la materia, acreditar como mínimo cinco años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia,  poseer cédula de extranjería de residente, estar inscrito en el respectivo registro electoral y no estar incursos en inhabilidades constitucionales y legales”, enumeró. 

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En conclusión no todos los extranjeros en Colombia pueden votar y para Farfán, el Estatuto de Migrantes no cambia las reglas de juego en las votaciones.

“Uno podría pensar que esta decisión podría dar camino a que estas personas inicien a cumplir los requisitos de la ley, porque como se mencionó, la ley es clara en decir que deben acreditar como mínimo esos cinco años de residencia en Colombia”, dijo el funcionario, además de otros requisitos como la visa de residente y cédula de extranjería.

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El funcionario reiteró que aún cumpliendo el requisito del tiempo, los ciudadanos extranjeros solo podrían votar, en calidad de residentes en elecciones de índole local, no regional ni presidencial.

Fuente

RCN Radio

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