Este viernes empieza el aislamiento preventivo para mayores de 70 años
Las restricciones de movilidad para las personas de la tercera edad comenzarán este viernes.
Las personas mayores de 70 años de edad estarán a partir de este viernes en aislamiento preventivo para evitar que sean contagiadas con coronavirus COVID-19.
El Ministerio de Salud y Protección Social reveló que la medida que es de carácter obligatorio y se dará a partir de este 20 de marzo a las 7:00 de la mañana hasta el 30 de mayo de 2020 a las 12:00 de la noche.
Estas personas sólo podrán salir de sus casas para comprar medicamentos y bienes de consumo y de primera necesidad cuando no cuenten con red de apoyo familiar o social.
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En la Resolución 464 de 2020, el Gobierno Nacional determinó también que quienes por ejercicio de sus funciones públicas deban atender gestiones propias de su empleo actual podrán desplazarse por la ciudad.
“Las personas que necesiten de servicios financieros, tales como: reclamación de subsidios, retiro de recursos, asignación de retiro o pensión, y los demás que sean necesarios para garantizar su subsistencia, lo podrán hacer sin contratiempos”, señaló el Ministerio de Salud.
Igualmente se determinó que el acceso a los servicios de salud para estas personas de la tercera edad en caso de que no sea posible garantizarlo mediante atención domiciliaria lo podrán realizar en un centro hospitalario.
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Así mismo, quedan exentos de esta medida quienes presten servicios de salud, realicen una actividad económica, salvo que reciban en su domicilio los subsidios o ayudas que otorguen las instituciones del Estado.
Además que las personas mayores de 70 años que requieran movilizarse por encontrarse en alguna de las excepciones mencionadas anteriormente y deban utilizar servicio público intermunicipal y aéreo lo harán con total acatamiento de las medidas de prevención de contagio de COVID-19.
El Gobierno Nacional advirtió que quienes violen estas medidas se les impondrán sanciones de tipo penal y económicamente previstas en los artículos 368 del Código Penal y 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016.
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