Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Expresidentes no serán juzgados bajo jurisdicción especial para la paz: Fiscal

Fiscal Eduardo Montealegre / Foto cortesía: Fiscalía

El fiscal General, Eduardo Montealegre, dejó en claro que la jurisdicción especial para la paz no será aplicable para juzgar eventualmente a expresidentes de la República porque para ello ya están otros organismos de control.

"Esta jurisdicción especial para la paz no puede juzgar a expresidentes de la República, es decir, los actos que haya cometido un expresidente de la República siempre serán competencia del Congreso de la República y de la Corte Suprema de Justicia", dijo Montealegre.

De igual forma, sostuvo que el Congreso de la República tiene que ser audaz para adelantar una reforma constitucional para facilitarle la partición política a las Farc.

"El congreso debe ampliar la posibilidad de las facultades extraordinarias y permitirle al Presidente de la República desarrollar también por facultades extraordinarias decretos con fuerza de ley, muchos de los temas acordados que tienen que ver con la justicia transicional en materia penal", dijo Montealegre.

"Para la insurgencia va a existir un modelo de aceptar colectivamente los delitos mientras que los miembros de la fuerza pública de manera individual deberán decir si aceptan o no", indicó.

Asimismo respondió a varias de la críticas formuladas por el senador Álvaro Uribe e indicó que cuando él impulsó en su gobierno la Ley de Justicia y Paz, una condición para los postulados a ese marco jurídico era confesar la verdad sobre los hechos cometidos.

"El requisito de asumir responsabilidades como pauta o elemento central de la justicia transicional no es un capricho de La Habana, ni del Presidente de la República, sino que la Constitución actual exige que para entrar en justicia transicional es necesario asumir responsabilidades", dijo el Fiscal.

Montealegre también refutó los cuestionamientos formulados por el procurador General, Alejandro Ordóñez: "es que no estamos frente a apenas simbólicas, aquí no estamos hablando de penas retoricas sino que estamos hablando de sanciones restrictivas de la libertad efectivas que pueden ser de 5 a 8 años o pueden ser sanciones de 20 años de prisión para los desmovilizados que no colaboren con el esclarecimiento de la verdad".