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El presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto para regularizar a más de 440 mil venezolanos que están ilegalmente en Colombia
Colprensa

El Gobierno Nacional lanzó una medida similar a la del “pico y placa” para el proceso de regularización de los ciudadanos venezolanos que se encuentran en el país y que se adelantará a través de la página web de Migración Colombia.

Para evitar que colapse el portal www.migracioncolombia.gov.co ante la gran cantidad de ciudadanos del vecino país que buscan solucionar su situación, se explicó que deberán ingresar dependiendo del número que tengan en el formulario, que definirá el día para adelantar el trámite.

El director de Migración Colombia, Christian Krüger, indicó que es importante que los venezolanos revisen ese número el cual fue otorgado en el registro administrativo de migrantes venezolanos y agregó que con ese número podrán ingresar a dichos servicios.

Cabe mencionar que esta semana el presidente Juan Manuel Santos firmó el decreto para regularizar a más de 440 mil venezolanos que están ilegalmente en Colombia, como consecuencia de la crisis social, política y económica por la que atraviesa el vecino país.

Santos manifestó que con esa medida los ciudadanos venezolanos podrán acceder a beneficios en atención en temas como salud, educación y trabajo entre otros.

“Con este decreto vamos a regularizar a esa población venezolana que se registró ante las autoridades migratorias. Le vamos a buscar un permiso especial de permanencia por dos años y tendrán garantizada la atención en salud, educación y acceso al mundo laboral”, sostuvo Santos.

También el decreto determina los casos en los que la autoridad migratoria tendrá la facultad para cancelar el Permiso Especial de Permanencia, que son:

1. Uso inadecuado del Permiso Especial de Permanencia (PEP).

2. Infracción a la normatividad migratoria.

3. Verificaciones posteriores al registro inicial, que den cuenta de infracciones al ordenamiento jurídico colombiano.

4. Salir y permanecer fuera del país por un término superior a noventa (90) días calendario. 

5. Cuando se considere inconveniente la presencia del extranjero en el territorio nacional.

De la misma forma se fijaron una serie de reglas para la atención en salud para esa población extranjera en el país, que contemplan una serie de lineamientos de atención de urgencias médicas para los venezolanos y los servicios a los que tienen derecho en Colombia.

Algunos de los beneficios con los que contará esa población son el acceso a vacunación en el marco del Programa Ampliado de Inmunizaciones-PAI, control prenatal para mujeres gestantes, acciones de promoción y prevención definidas en el Plan Sectorial de respuesta al fenómeno migratorio y a las intervenciones colectivas que desarrollan las entidades territoriales, entre otros.

Las medidas tienen un punto especial para la atención de niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes y sus familias. 

El Gobierno señaló que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), incluirá la atención a esa población en específico y a sus familias, siempre y cuando estén en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos en sus políticas, programas y oferta institucional.

Nuevas normas laborales

El decreto expedido por la Presidencia de la República establece que ahora los venezolanos inscritos en el Registro Administrativo de Migrantes, pueden acceder a los servicios de orientación, información y remisión prestados por la Red de Prestadores del Servicio Público de Empleo.

Frente al acceso en el mercado laboral, el Ministerio del Trabajo desarrollará una hoja de ruta que promueva y facilite el acceso al mercado laboral de la población objeto de este decreto, bajo los principios de la Política de trabajo decente.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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