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Rappi y su modelo de contratación es motivo de análisis.
Rappi y su modelo de contratación es motivo de análisis.
AFP

El surgimiento de las aplicaciones tecnológicas de servicios abrió de nuevo el debate frente a la responsabilidad que tienen estas plataformas con las personas que trabajan para ellas, así como con los usuarios.

Por este motivo, a Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció una orden administrativa que le exige a la plataforma Rappi (dedicada a servicios a domicilio) vincularse a la normativa de comercio electrónico.

Igualmente, la entidad anunció la apertura de pliego cargos por presunta violación de los derechos de los consumidores tales como publicidad engañosa, incumplimiento en promociones, entre otras. Según la SIC, actualmente hay 108 demandas activas contra la plataforma.

En contexto: Formulan cargos a Rappi por incumplimientos, cláusulas y publicidad engañosa

En ese sentido, el  superintendente Andrés Barreto dijo en RCN Radio que "en lo que tiene que ver con el consumidor Colombia hay un buen marco jurídico y una actualización permanente, frente a la discusión de plataformas tecnológicas. Hay un vacío regulatorio y, en este sentido, lo que hay es que legislar ya que son nuevas tecnologías que se incorporaron en el mercado".

Audio

[AUDIO] Superintendente de Industria, Andrés Barreto, sobre investigación a Rappi.

0:27 5:25

Frente a plataformas como Uber  y otras que prestan servicio de transporte, aclaró que "hay que diferenciar que aunque hay una relación de consumo y venta se rige por otro tipo de contratos especiales como transportes, que corresponde a relaciones jurídicas distintas. Mi competencia es consumo y estatuto del consumidor".

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Sin embargo, señaló que si los consumidores tienen quejas frente a plataformas como Uber, Beat, entre otras, se pueden interponer ante la SIC siempre y cuando sea un tema de consumo. "Si es de transporte esa no es nuestra competencia", aclaró.

Barreto indicó que "Rappi no es un intermediario sino un comercio electrónico; es decir, la relación de consumo es con Rappi y no con el tercero que se compra".

Fuente

Sistema Integrado de Información

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