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Corte Constitucional de Colombia
Corte Constitucional de Colombia
Colprensa

Este miércoles la Sala Plena de la Corte Constitucional definirá el futuro de las objeciones a los seis artículos que presentó el presidente Iván Duque, a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Los magistrados debatirán y tomarán una decisión sobre si tumban o por el contrario le dan luz verde a las objeciones sobre la JEP, resultado que se comunicaría al país por medio de una rueda de prensa.

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Hace varios días la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió que las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la Justicia Especial para la Paz (JEP) deberán ser estudiadas por el magistrado Antonio José Lizarazo, quien fue el ponente de la sentencia del año pasado que le dio vía libre a esa norma que reglamentam la justicia transicional.

La Corte Constitucional tiene en su poder las pruebas que fueron remitidas por el Congreso de la República, las cuales había solicitado por medio de un auto.

Se trata de la lista de los senadores que no asistieron o se retiraron de las plenarias de las sesiones en donde se votaron las objeciones, las cuales se realizaron según el acta entre el 24 de abril y el 2 de mayo de 2019.

Con ese material y otros elementos que se encuentran en poder de la Corte Constitucional, tendría las pruebas necesarias para adoptar una decisión sobre las objeciones de la ley estatutaria de la JEP.

El alto tribunal además analizará la sentencia C 080 de 2018, en la cual hace referencia al quórum que debe haber en el Congreso para este tipo de casos.

Esa sentencia señala que, efectivamente, se debe descontar de la votación o el conteo a quienes se les ha declarado la ‘silla vacía’. En este caso sería dos senadores: Aída Merlano, quien está privada de la libertad, e Iván Márquez, quien nunca se posesionó.

Desde el Congreso señalaron que el presidente del Senado, Ernesto Macías, no restó esas curules del quórum cuando se votaron las ponencias sobre las objeciones a la JEP, bajo el argumento de que, formalmente, no se declaró la silla vacía.

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Por esto, aseguraba Macías que se necesitaba 48 votos para lograr la mayoría absoluta y aprobar o negar las objeciones. Cuando se votó la ponencia presentada por la oposición, el 30 de abril, solo lograron 47 votos.

Lo que le solicita el Senado a la Corte es determinar si la votación que se presentó de 48 sobre 34 es mayoritaria, para determinar una decisión sobre las objeciones.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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