Inscripción actual de cédulas no habilita para votar revocatoria del alcalde Gustavo Petro
La Registraduría informó que quienes han inscrito su cédula para poder votar en las próximas elecciones legislativas y presidenciales no están facultados para la convocatoria a las urnas de este dos de marzo, en la que se decidirá si se revoca o no el mandato al actual alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.
8 Ene 2014 - 06:10 pm
La entidad precisó que para la votación de la revocatoria están habilitados los ciudadanos colombianos mayores de 18 años, que pertenezcan al censo electoral de Bogotá. Esto incluye a todos los jóvenes que tramitaron su cédula de ciudadanía por primera vez cuatro meses antes de la fecha de la elección.
Los ciudadanos de la capital de la República que deseen votar el domingo dos de marzo para decidir si le revocan o no el mandato a su actual alcalde podrán ejercer su derecho al voto en el mismo puesto de votación donde lo hicieron durante las elecciones de autoridades locales de 2011.
De acuerdo con la Ley 741 de 2002 que modificó el artículo 69 de la Ley 134 de 1994, la revocatoria es aprobada “por la mitad más uno de los votos ciudadanos que participen en la respectiva convocatoria, siempre que el número de sufragios no sea inferior al 55% de la votación válida registrada el día en que se eligió al respectivo mandatario”.
En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes.
La Ley 134 de 1994 prevé que si como resultado de la votación no se revoca el mandato del gobernador o alcalde, no podrá volver a intentarse en lo que resta de su período.
De acuerdo con la Resolución 1019 del 31 de julio de 2013, luego de la revisión realizada por la Dirección de Censo Electoral al informe entregado el 22 de julio por el equipo de grafólogos designados por el alcalde de Bogotá, se estableció que de los 630.623 apoyos revisado fueron anulados 275.270 y en total quedan 355.353 apoyos válidos. Para convocar a las urnas se requerían 289.263.