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Jalón de orejas al Ejército por revictimizar a familiares de un 'falso positivo'

Foto Referencial: Archivo particular



La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, por su responsabilidad en la muerte de dos jóvenes en la vereda Potosí-Quebrada Negra en el municipio de Calarcá (Quindío) en hechos registrados el 26 de junio de 2006.

El alto tribunal determinó que integrantes del Batallón de Ingenieros No. 8 “Cisneros” retuvieron a los dos jóvenes, uno de ellos con un problema de drogadicción, los llevaron a un terreno despoblado para luego dispararles y presentarlos como guerrilleros abatidos en combate.

En el debate jurídico, la Sala hizo un fuerte llamado de atención por la posición del Ejército Nacional en la respuesta de la demanda cuando intentó “exculpar su falla y evidente responsabilidad en la ejecución extrajudicial”. En este sentido se considera que este tipo de respuestas representan una “violación a los derechos de los demandantes”.

Considera que se les vulneró su derecho “a la memoria digna a la víctima. La Sala encuentra improcedente y revictimizante el análisis presentado por el Ministerio de Defensa para excluir el daño moral de los familiares de la víctima, en el sentido de que su condición de drogadicto le hacía ausentarse de casa por cárcel para buscar el alucinógeno y que esa falta de convivencia permanente ponía en entredicho los lazos de afectos”.

“Se advierte que la situación de enfermedad por drogadicción debe merecer, por parte de las autoridades, incluyendo al Ejército, en su actuación misional”, precisa uno de los apartes de la decisión. “Mal puede entrar a inferir, con base en perjuicios, la afectación del vínculo afectivo a partir del hecho de la discontinuidad en la convivencia de los miembros de una familia”.

“Sin duda, los argumentos expuestos por la defensa para justificar la comisión de una grave violación a los derechos humanos, como la legitimidad de la actuación del Ejército, aquel 26 de junio de 2006, en cumplimiento de los vínculos de afecto en la familia Vásquez Ocampo, dada la condición de enfermedad por adicción a las drogas, o la expresión ‘Dime con quién andas y te diré quién eres’ en referencia peyorativa a dicha condición, entre otros, careces de fundamento, constituyen temeridad y revictimización, deben advertirse. Reprocharse y no pueden repetirse”, señala.

Por estos hechos, le ordenó al Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional convocar a un acto de excusas públicas a los familiares de la víctima. Igualmente, se le pide a la Fiscalía General adelantar las respectivas investigaciones para determinar a los otros responsables de estos hechos.

Como garantía de no repetición, exhortó a la Fiscalía General a hacer presencia en el lugar de los hechos donde ocurren las muertes violentas por parte del Ejército Nacional, “realizar sus labores de policía judicial y adelantar las correspondientes investigaciones penales”.