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Si la mamá muere durante el parto el papá obtiene la licencia de maternidad: MinTrabajo

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La ministra de Trabajo, Clara López, dijo que la ley que amplía de 14 a 18 semanas la licencia de maternidad cobija a las mujeres que a partir de ayer tuvieron hijos y que en el caso de muerte de la madre, dicha licencia se le otorga al padre del menor.

López explicó que aunque la licencia de maternidad no puede ser transferida o tomada por terceros hay casos excepcionales, como cuando la mamá fallece, en los que se le otorga al padre el beneficio de las 18 semanas para estar con el menor.

"Solamente en el caso que falte la madre, entra el padre a suplir”, aclaró la ministra. (Lea aquí: Sector salud advierte millonarios gastos por pago de licencias de maternidad ampliadas)

De igual forma dijo que en los casos en los que el menor es adoptado también aplica la norma de que si hay ausencia de la madre se “aplica la licencia para el padre adoptivo o natural del niño”.

La ministra destacó la ley, firmada ayer por el presidente, como una gran noticia que ayuda a fortalecer el necesario vínculo afectivo que hay entre madre e hijo durante los primeros años de vida.

“El presidente está dando un buen mensaje de que el hecho de tener un hijo no tiene que afectar la capacidad laboral de las mujeres; por eso es necesario estas prestaciones complementarias que se hacen obligatorias para los empleadores.

Clara López aseguró que se va a hacer un trabajo pedagógico con las empresas que tendrán que acatar esta ley que “es algo muy importante desde el punto de vista de prestación social, pero es un costo que las empresas van a tener que asumir”.

La ministra dijo que se espera que la nueva ley no tenga efectos negativos sobre las mujeres en el campo laboral.

“Esperamos que no implique que ahora las empresas no van a seguir contratando mujeres, porque tener hijos no solo es algo natural sino que es la restitución de la fuerza laborar que las empresas también deben ayudar a promover”, dijo.

Salas de lactancia en las grandes empresas

La ministra de Trabajo habló también de la salas de lactancia que deberán adecuar de ahora en adelanta las grandes empresas grandes “para que la mujer pueda continuar luego, de la licencia, con las funciones de madre".

Aunque López aclaró que esta es una norma que ya estaba vigente, no estaba aplicada en gran proporción.

López señaló que las empresas que deberán tener estas salas por ley serán aquellas que tengan capitales superiores a 1.500 salarios mínimos legales ó que tenga 50 trabajadores o más para generar las condiciones de las salas de lactancia.

Así mismo aclaró que el tiempo que tomen las mujeres para lactar a sus hijos debe estar contemplado en la jornada laboral diaria.