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“La renovación de las licencias de conducción”…Un tema que va quedando claro

Hasta el 1 de abril hay plazo para hacerlo

El decreto 019 de 2012, mediante “La Ley Anti trámites” modificó los requisitos para la obtención, la tenencia y la renovación de la licencia de conducción en nuestro país. El propósito es ofrecerle mayor comodidad al usuario, evitarle tanto “papeleo” y simplificarle sus trámites.

A instancias de RCN L a Radio, el gerente de STM, Servicios de tránsito de Manizales Juan Carlos Gutiérrez Arbeláez, despejó varias dudas al respecto, en aras de la claridad diamantina que sobre este tema en particular solicita la misma comunidad.

De acuerdo con la información suministrada por el funcionario, “las licencias de conducción doradas y plateadas de cuarta, quinta y sexta categorías, deben ser renovadas”.

Las licencias de tercera categoría que tengan fecha de vencimiento, hay que renovarlas igualmente. Las demás de idéntica categoría, tienen vigencia hasta el año 2.022.

Las personas entre los 60 y los 80 años, tendrán que refrendar su licencia de conducción cada 5 años. Después de los 80 , deberán hacerlo cada año.

El valor de la renovación de una licencia depende del organismo de tránsito de la ciudad donde se vaya a adelantar el trámite. Por ejemplo para el caso de Manizales, el examen médico en el Centro de Reconocimiento de Conductores tiene un valor de 100.000 pesos y la expedición de la licencia en las oficinas de tránsito, cuesta 50.000 ; En consecuencia, el costo ascendería en esta capital a 150.000 pesos.

El señor Gutiérrez Arbeláez, advirtió que por ningún motivo se renovarán o recategorizarán las licencias de conducción mientras subsista una sanción contra su tenencia o si el titular de la misma no se encuentra a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.

En adelante los pases tendrán vigencia por 10 años y dependiendo de si el ciudadano llega a los 60 años de edad, irá disminuyendo. Esto obedece a criterios internacionales de seguridad.

El domingo 16 de marzo de 2014, es el día acordado para que todos los conductores de vehículo particular en Colombia tengan su nueva licencia; por lo tanto ninguna autoridad de tránsito podrá sancionar a un conductor por portar una licencia vencida antes de esta fecha.