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Perdida de peso
Imagen de uso libre- Px Here

El gremio de las EPS en el país, la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), aseguró que están en la obligación de atender a todos los menores recién nacidos así no tengan un registro civil.

El presidente de Acemi, Gustavo Morales, explicó que el certificado nacido vivo se convierte en la identificación del menor mientras que se adelanta todo el proceso correspondiente, teniendo en cuenta que, por las restricciones de la cuarentena nacional, muchos no han logrado ser registrados de forma oficial.

El funcionario hizo la advertencia luego de conocer la denuncia de la Registraduría Nacional que señaló que algunas EPS se negaban a la atención de los bebés por no tener el registro civil.

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“Basta con el certificado de nacido vivo para menores de tres meses, y además incluso el decreto 780 da un plazo de un mes para que los padres puedan registrar a su bebé; pero la ausencia del Registro Civil no es excusa para no afiliar al recién nacido y mucho menos para negarse a prestarle los servicios de salud”, indicó.

Resaltó que los derechos de los niños prevalecen constitucionalmente por encima de los demás.

“Estamos investigando porque seguramente creemos que se trata de algún error de un mando medio, porque la política general de las EPS es que tienen que atender a los niños”, afirmó.

Dijo que además este proceso de registro ya se puede realizar de forma digital.

El decreto establece también que estos documentos se pueden hacer llegar a las notarías por vía electrónica. No se necesita ni notario, ni autenticaciones ni nada, por lo que es mucho rápido”, subrayó.

Denuncia 

El registrador Alexander Vega Rocha envió una carta al presidente Iván Duque y al ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez, para expresar su preocupación por los impedimentos que presentan algunas EPS e IPS del país para la atención médica de los recién nacidos que no presenten el registro civil de nacimiento.

Vega les recuerda a los padres que la Registraduría y la Superintendencia de Notariado emitieron una circular para que el certificado de nacido vivo sirva para realizar el registro civil de nacimiento de forma extemporánea.

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Como medida de prevención ante el virus, las dos entidades acordaron eliminar, temporalmente, la presentación personal del niño o niña en la oficina de registro, así como la supresión de la toma de las huellas de las plantas de los pies, y en cuanto a los declarantes, no se utilizarán los equipos biométricos.

"De acuerdo a las denuncias y quejas que hemos recibido en la Registraduría Nacional frente a que EPS e IPS del país están negando los servicios de salud a los menores recién nacidos por la ausencia del Registro Civil, le hemos cursado carta también al Superintendente de Salud para que intervenga en el asunto, y es importante informar que no se requiere el registro civil para que sean atendidos; basta con el certificado de nacido vivo", señaló Vega.

En días pasados la Registraduría anunció el cierre de las sedes en todo de país por la medida de aislamiento obligatorio e informó que algunos trámites continúan realizándose a través de la página web de la entidad, como expedición de cédulas por robo o pérdida.

"Quienes hicieron el pago en entidades bancarias u operadores postales habilitados, también podrán hacer la solicitud en línea", explicó en su momento la Registraduría.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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