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Licencias de Conducción Vs Conductores embriagados

Los conductores boyacenses y los que transitan por vías del Departamento deben estar a la expectativa de las nuevas disposiciones para renovar su licencia de conducción, pero deben estar aún más pendientes de las sanciones a conductores embriagados.

Gregorio Adriano Cabra, Sub Gerente Operativo del Instituto de Tránsito de Boyacá, dijo en RCN La Radio, que a medida que avanza el tiempo se acerca la fecha limite para renovar la licencia de conducción y que siempre se dejan éstas diligencias para última hora generando congestiones. Las festividades de fin y comienzo de año ponen en riesgo ésta diligencia ya que muchos boyacenses no solo aplazan todos los días la renovación de la licencia, sino que cuando lo quieren hacer, se han gastado el dinero.

Ahí confluyen dos aspectos muy importantes, señaló el funcionario. Uno, no darle tantas vueltas a la renovación del pase. Y dos, tener en cuenta que hay nuevas restricciones y sanciones para quienes conducen y son bebedores pues en ese caso es mejor es mejor abstenerse en forma definitiva de conducir.

Las sanciones que se van a aplicar a los conductores, que se nieguen a realizarse la prueba de alcoholemia, tendrán una multa de 45 salarios mínimos legales vigentes y se someterán a la suspensión de su licencia de conducción entre cinco y diez años.
La iniciativa fija sanciones según el grado de alcohol que se halle en la sangre del conductor.

Las siguientes son las sanciones:
1. Entre 20 y 39 mg. de etanol/100 ml. de sangre: se decretará la suspensión de la licencia de conducción entre seis y doce meses.
2. Primer grado de embriaguez (entre 40 y 99 mg .de etanol/100 ml de sangre): se decretará la suspensión de la licencia de conducción entre uno y tres años.

3. Segundo grado de embriaguez (entre 100 y 149 mg. de etanol/100 ml. de sangre): se decretará la suspensión de la licencia de conducción entre tres y cinco años, y la obligación de realizar un curso de sensibilización, conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y drogadicción, el cual se llevará a cabo en centros de rehabilitación debidamente autorizados, por un mínimo de 40 horas.

4. Tercer grado de embriaguez (desde 150 mg. de etanol/100 ml de sangre, en adelante): se decretará la suspensión entre cinco y diez años de la licencia de conducción, y la obligación de realizar un curso de sensibilización, conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y drogadicción, el cual se llevará a cabo en centros de rehabilitación debidamente autorizados, por un mínimo de 80 horas.
Según los ponentes de la iniciativa con esto se contribuye, de manera significativa, a la seguridad vial del país, logrando que se reduzcan los índices de accidentalidad en las vías.

Se aclaró que pese a que los cuerpos asimilan el alcohol de manera diferente el principio es que quien maneja no toma. Así mismo, se afirmó que el proyecto contempla que quien no quiera hacerse la prueba puede desistir, pero será sancionado como si tuviera tercer grado de alcoholemia porque el que nada debe, nada teme.
En ese sentido la iniciativa contempla que el conductor que no acceda a realizarse las pruebas físicas o clínicas será sancionado con la suspensión de la licencia de cinco a diez años.
Igualmente, se prevé que quien sea sorprendido conduciendo en cualquier grado de alicoramiento, no podrá beneficiarse de las rebajas que contempla la ley para el pago anticipado de las infracciones de tránsito.
La directora nacional del Fondo de Prevención Vial, Alexandra Rojas Mosquera, señaló que es positiva la nueva herramienta que se les da a quienes hacen los controles, por el hecho de que se sanciona a quienes se niegan a las pruebas de alcoholemia. “Con esto estamos sacando de las vías a alguien que puede ser un peligro para los demás”, dijo.
Añadió que con la determinación de que ya no haya rebajas en las multas por conducir ebrio se da un mensaje muy claro de cero tolerancia a este comportamiento.