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Bloqueos en la vía Panamericana
Bloqueos en la vía Panamericana
Colprensa

A través de la Circular Externa 008 de 2019 la Superfinanciera emitió unas instrucciones especiales para atender a los deudores que se vieron perjudicados por los bloqueos de la vía Panamericana, impidiéndoles mantener al día sus obligaciones con las entidades financieras que están vigiladas por este organismo.

Por lo tanto, se verán beneficiados quienes acrediten que van a entrar, o están en mora, por el bloqueo de la minga indígena a la Panamericana que inició el 12 de marzo de 2019 y se despejó este lunes en horas de la noche. 

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Adicionalmente, la Superfinanciera anunció que a estos deudores se les deberá mantener la calificación que tenía el crédito cuando iniciaron los bloqueos y ésta permanecerá hasta el 30 de junio de 2019, aclarando que dicha información también deberá ser actualizada en las centrales de información.

A continuación, parte de la circular emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia: 

- Los créditos deberán conservar la calificación que tenían al 12 de marzo de 2019, la cual deberá ser actualizada en los correspondientes reportes a las centrales de información y mantenida hasta la vigencia de la presente Circular.

- La entidad deberá promover la celebración de acuerdos de pago en condiciones de viabilidad financiera para dichos deudores, que permita el cumplimiento de sus obligaciones.

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-Las entidades deberán atender de manera prioritaria las solicitudes de modificación y/o reestructuración y deberán brindar información en los departamentos afectados sobre las condiciones y plazos para realizarlas.

-Los establecimientos de crédito deberán reconocer la naturaleza extraordinaria que dio origen a los incumplimientos en el pago de los créditos vigentes de estos deudores, y adicionalmente las reestructuraciones originadas en virtud de tal situación no podrán constituir el único factor para negar una operación. 
 
-Las entidades vigiladas deberán dar a conocer las políticas adoptadas en cumplimiento de la presente circular y poner a disposición de los afectados mecanismos ágiles de atención de consultas para tramitar y resolver de manera clara y oportuna las inquietudes y quejas en relación con las medidas aquí previstas. 

Fuente

Sistema Integrado Digital

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