Mindefensa pidió aclarar si comunidades afro deben prestar o no el servicio militar
El Ministerio cuestionó que la Corte hubiera tomado esa decisión afirmando que pudo haber incurrido en una extralimitación de funciones.

Nueve días después de que la Corte Constitucional emitiera el comunicado oficial sobre la decisión que extendió la excepción de prestar el servicio militar a las comunidades negras, afro, raizales y palenqueras, el Ministerio de Defensa envió a ese tribunal una petición de aclaración a la decisión.
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En ese sentido, el Ministerio cuestionó que la Corte hubiera tomado esa decisión afirmando que pudo haber incurrido en una extralimitación de funciones.
“El juez constitucional, no tendría la potestad para hacer las extensiones (…) ya que puede haber un desborde de las atribuciones de otra rama del poder público como es la legislativa (…) desequilibra el principio de correlatividad entre los derechos y deberes, y el ordenamiento jurídico”, se lee en uno de los apartes del documento.
El Ministerio de Defensa también cuestiona que la Corte hubiera concluido que el Congreso incurrió en una omisión legislativa, al no incluir a los integrantes de esas comunidades en la ley que permite excluir del servicio militar a los miembros de las comunidades indígenas.
“No existe omisión legislativa (…) al no haber incluido a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras (…) Las razones de vulnerabilidad concedidas a los indígenas no podrían hacerse a otros (…) como son las comunidades a las que ahora se refiere el fallo dado que progresivamente y bajo ese criterio nadie cumpliría el deber constitucional de la prestación del servicio militar” se lee en otro de los apartes del documento.
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El Ministerio también afirmó que la decisión de la Corte acarrearía un impacto negativo en el servicio militar, “dado que la Entidad cuenta cada vez con menos pie de fuerza en sus fuerzas para la prestación del servicio militar obligatorio” y que se tendría que emitir un censo oficial de esa población para conocer cuántos miembros de esas comunidades estarían exonerados.
Asimismo, dice que la decisión de la Corte solamente podría acatarse cuando se conozca el fallo completo, contrariando de esta manera a la propia Corte, cuando ésta ha dicho que con el mero comunicado oficial sus decisiones empiezan a surtir efecto.
“Es imprescindible conocer el efecto de la sentencia emitida, por cuanto dependiendo de ello así mismo se observará en mayor o menor medida el impacto de la decisión, lo que sólo se examinará una vez esta alta Corporación emita su texto integral, para adoptar las decisiones a que haya lugar”, dice el documento.
Se espera que la respuesta de la Corte al documento de aclaración que envió el Ministerio de Defensa se emita los primeros días después del 11 de enero, cuando la Rama Judicial retoma funciones después de las vacaciones de fin de año.
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