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Mujeres reclusas no necesitan permiso de su expareja para nuevas visitas conyugales

La Corte Constitucional advirtió que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario ha violado derechos fundamentales de las mujeres reclusas al exigirles el consentimiento de su antigua pareja para poder tener nuevas visitas conyugales con otras personas.

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La Corte Constitucional advirtió que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) ha violado derechos fundamentales de las mujeres reclusas al exigirles el consentimiento de su antigua pareja para poder tener nuevas visitas conyugales con otras personas.

El alto tribunal consideró que este tipo de conductas atenta gravemente contra los derechos de las mujeres que se encuentran privadas de la libertad y constituye una violación a la intimidad, la sexualidad y el libre desarrollo de la personalidad.

Para la Corte Constitucional "exigirle que un tercero, con quien evidentemente no desea ya tener un vínculo afectivo, debe manifestar su consentimiento para que su visita no se realice es imponerle una carga desproporcionada e irrazonable que implica no solo el desconocimiento de sus derechos, sino una arbitrariedad".

El caso estudiado por la Corte Constitucional está relacionado con una mujer privada de su libertad en la cárcel La Picaleña, en Ibagué, que solicitó por medio de una tutela que el Inpec retirara esta barrera administrativa para poder tener nuevas visitas conyugales con la persona que ella quiera.

En su escrito el Inpec advirtió: "Para poder dar trámite a su solicitud de anulación de su visita íntima con el señor, debe anexar manifestación escrita por parte de su compañero sentimental con firma y huella a fin de soportar la decisión de mutuo acuerdo de la petición realizada”.

Ante este caso la Corte Constitucional, además de ordenar acceder a las pretensiones de la mujer tutelante, sentó jurisprudencia en el entendido de que a partir de la notificación de esta sentencia, "debe impartir instrucciones a los directores de los centros penitenciarios y carcelarios informando que en las solicitudes de cancelación de visitas íntimas deberá bastar la manifestación del interesado".