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La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos contra la empresa Yumbo Limpio, su representante legal para la época (2016 - 2019), Christian Benítez Parra y el exalcalde municipal de Yumbo (Valle), Carlos Alberto Bejarano Castillo.  

De acuerdo con esa entidad, los infractores al parecer adelantaron una serie de prácticas destinadas a impedir el ingreso y limitar la competencia en igualdad de condiciones de otros prestadores interesados en el servicio de aseo en el municipio de Yumbo y por esa vía restringir la libre elección de los usuarios para escoger el prestador de su preferencia.  

Asimismo, la alcaldía y la empresa Yumbo Limpio, al parecer realizaron varias gestiones encaminadas a favorecer a la compañía en la prestación del servicio público de aseo en el municipio de Yumbo.  

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Dichas gestiones incluirían la asignación irregular de los contratos de condiciones uniformes y la entrega de la totalidad del catastro de usuarios del servicio del municipio a Yumbo Limpio, para que se realizara la facturación conjunta exclusivamente a su favor. 

Al respecto, el superintendente de Industria, Andrés Barreto, dijo que “lo anterior se dio pese a que había iniciado un esquema de prestación bajo la modalidad de libre competencia, debido a la finalización del Área de Servicio Exclusivo que estuvo vigente de 2011 a 2019”.  

“Con estas conductas, se habría afectado la libertad de concurrencia de otras empresas interesadas en la prestación del servicio público de aseo en el municipio de Yumbo (Valle del Cauca). Igualmente, se habría vulnerado gravemente la libertad de elección de los usuarios, al no respetar las vinculaciones de estos a otras empresas prestadores del servicio y al imponerles cobros por servicios no prestados, entre otros”, agregó.  

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Con estas conductas, Yumbo Limpio y la Alcaldía Municipal de Yumbo (Valle) habrían realizado prácticas anticompetitivas que obstaculizarían el ingreso de otros competidores en igualdad de condiciones, afectado la libre elección de los usuarios.  

La Superintendencia de Industria podrá imponer multas hasta de 100 mil salarios mínimos, por cada infracción al régimen de libre competencia a los agentes del mercado.

A quienes colaboren, faciliten, autoricen, ejecuten o toleren las conductas anticompetitivas, la sanción será de hasta 2.000 salarios por cada infracción.  

Fuente

Sistema Integrado de Información

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