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Plataformas ilegales
AFP

La Firma Robledo Abogados, en representación de Alianza In, presentó una demanda ante el Consejo de Estado contra la Superintendencia de Transporte para que esa máxima autoridad judicial declare la nulidad de la Circular No. 15 de 2020. 

Asimismo, denunció la persecución sistemática del Gobierno Nacional en contra de las afiliados, así como de los usuarios y conductores que prestan servicios de movilidad privada a través de diversas plataformas tecnológicas.  

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Cabe precisar que la circular que hace referencia la firma fue expedida a finales de 2020 por la Supertransporte en la que señala que “se pueden aplicar sanciones en la realización de operaciones de transporte público de manera informal, sin el cumplimiento de los requisitos tales como la habilitación, sin permisos de operación, sin vehículos homologados ni licencia de tránsito para transporte público, entre otros requisitos que puedan estar omitiéndose por prestadores ilegales”. 

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De igual manera, es de recordar que Alianza In agremia a las plataformas de movilidad como Beat, Cabify, Didi, Uber. Y otras de domicilios como Rappi, iFood, Mensajeros Urbanos. 

Al respecto, el presidente de Alianza In, David Luna, señaló que “con esa circular, el superintendente de Transporte, Camilo Pabón, pretende, de manera ilegal, obligar a que las distintas autoridades de tránsito de las alcaldías interpreten que usuarios, conductores y plataformas tecnológicas de movilidad violan la Ley y deban ser sancionados, cuando lo cierto es que su actividad es totalmente lícita pues se trata de la prestación de servicios de movilidad privada entre un ciudadano que requiere movilizarse y un particular con carro particular que está dispuesto a movilizarlo”.  

A su paso, Pablo Felipe Robledo, exsuperintendente de Industria y Comercio y actual socio de la firma, mencionó que “la circular hace parte de una serie de actuaciones del Gobierno, que junto con diferentes decisiones sancionatorias que se han impuesto contra las plataformas tecnológicas de movilidad, buscan proteger el interés particular del gremio de taxistas, desconociendo el derecho de los usuarios pasajeros a elegir libremente cómo movilizarse, el derecho al trabajo de los conductores, la libre competencia, la innovación tecnológica y la inversión nacional y extranjera”.  

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A renglón seguido, Robledo dijo que “en ejecución de esta estrategia de persecución sistemática contra las plataformas tecnológicas de movilidad, sus usuarios y afiliados; la Superintendencia expidió la circular, con el fin de obligar a las entidades territoriales, sin ser competente para ello, a iniciar actuaciones administrativas sancionatorias contra las plataformas de movilidad, los usuarios y conductores so pena de imponer a dichas autoridades y sus representantes sanciones económicas”.  

El presidente de Alianza In también indicó que “la circular viola los derechos de los consumidores, la libre competencia económica, el principio de moralidad administrativa, el principio de autonomía de las entidades territoriales y fija interpretaciones caprichosas de lo que debe entenderse por transporte público y privado, tratando de extender la regulación del transporte público creada en 1993, a nuevos tipos de movilidad colaborativa que ni siquiera existían para esa fecha”.  

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Por lo anterior, el gremio concluyó diciendo que las acciones instauradas pretenden “proteger la libertad de elección de los ciudadanos, el acceso a más y mejores servicios de movilidad, el desarrollo tecnológico e ingresos económicos para el sustento de más de 200.000 hogares en los que viven alrededor de 750.000 colombianos que hacen parte de esta economía digital colaborativa”. 

Fuente

Sistema Integrado de Información

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