Pliego de cargos a 10 secretarías de Movilidad por no hacer controles contra la informalidad
Esas entidades no habrían usado eficientemente los recursos para combatir la informalidad.

Ante las denuncias realizadas por decenas de ciudadanos, la Superintendencia de Transporte requirió a los organismos de tránsito de 10 municipios del país, por no ejercer controles sobre la informalidad y la legalidad en el servicio de transporte.
El superintendente de Transporte, Wilmer Salazar, mencionó que, “se encontraron méritos para formular cargos por presuntamente no utilizar eficientemente sus recursos para mitigar esta problemática en cada una de sus jurisdicciones”.
“Esta entidad cuenta con la facultad para verificar que los organismos de tránsito cumplan con su deber legal de combatir, a partir del ejercicio de un control efectivo y eficiente, la actividad informal e ilegal que altera y atenta contra la debida prestación del servicio público de transporte en su respectiva jurisdicción”, agregó. el funcionario.
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Estas son las entidades de tránsito investigadas:
- Secretaría de Movilidad y Tránsito de Sabaneta (Antioquia).
- Secretaría de Tránsito y Transporte de Palmira (Valle del Cauca).
- Secretaría de Movilidad de Itagüí (Antioquia).
- Secretaría de Movilidad de Copacabana (Antioquia).
- Secretaría de Movilidad de Sincelejo (Sucre).
- Secretaría de Tránsito y Transporte de Yumbo (Valle del Cauca).
- Secretaría de Movilidad de Villavicencio (Meta).
- Secretaría de Tránsito Distrital de Tumaco (Nariño).
- Secretaría de Tránsito y Transporte de La Tebaida (Quindío).
- Secretaría de Transporte y Tránsito de Caldas (Caldas).
La Superintendencia de Transporte afirmó que recibió múltiples quejas de ciudadanos manifestando que en los municipios y/o ciudades mencionadas se presenta el fenómeno de ilegalidad e informalidad en el transporte público y que posiblemente los organismos de tránsito respectivos, no están adelantando las labores necesarias para combatir dicha problemática.
“Una vez analizadas las respuestas otorgadas por cada organismo de tránsito, sumado a las quejas presentadas por la ciudadanía, se evidencia que presuntamente, no han utilizado eficientemente los recursos con los que cuentan y no han realizado las gestiones necesarias para mejorar o ampliar instrumentos para combatir la ilegalidad y la informalidad presentes en el transporte público en su jurisdicción”, dijo el superintendente.
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Posibles sanciones
De encontrarse responsables, los organismos de tránsito podrán ser amonestados, sanción que entre otras cosas conlleva la orden de adoptar medidas que superen la alteración en la prestación del servicio que podría haber generado su conducta omisiva.
La amonestación será escrita y consistirá en una exigencia obligatoria, para que esas entidades adopten las medidas tendientes a superar la alteración en la prestación del servicio.
Es decir que el organismo de tránsito deberá adoptar medidas para dar cumplimiento a las normas en cuanto al control a la legalidad en el transporte en su jurisdicción. En caso de incumplimiento a estas órdenes, los organismos podrán ser sancionados con multas de hasta 700 salarios mínimos legales vigentes.
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