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Foto: Colprensa

Este jueves, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la consulta minera que se había adelantado en el municipio de Cumaral (Meta), en la que se había votado negativamente para adelantar actividades de explotación minera por parte de la firma Mansarovar Energy. 

El alto tribunal determinó que las consultas populares ya no podrán frenar definitivamente la extracción y explotación minera, debido a que prevalece el interés de nacional y no el municipal o regional. 

En ese sentido, fuentes de la Corte Constitucional explicaron que “la minería tiene un interés Nacional y la decisión de una localidad no puede imponerse a la de la Nación". 

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Igualmente, reiteraron que las consultas populares no pueden conducir al veto de las decisiones de la Nación por lo cual “no se podría impedir que haya minería en todo el país porque es la decisión de un solo municipio”. 

Ante esta determinación de la Corte Constitucional, Carlos Andrés Santiago, vocero de la Corporación Defensora del Agua, Territorio y Ecosistemas, señaló que el alto tribunal está desconociendo su propia jurisprudencia y precedente. 

Según Santiago, la sentencia T 45 dice que los municipios sí tienen autonomía para poder tomar decisiones sobre proyectos mineros que afecten su territorio y que los recursos del subsuelo no son propiedad de la Nación. 

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"Aquí hay un debate jurídico que no se ha sanjado de ninguna manera con esta sentencia que salió. Primero, porque está desconociendo su propio precedente jurisprudencial. Segundo, porque el Consejo de Estado en sus últimos pronunciamientos durante este año, se ha venido pronunciando en un diferente al de la Corte Constitucional y es dándole toda la legitimidad a las consultas populares y reconociéndolas como un mecanismo válido jurídicamente, pero además legítimo", indicó el vocero de la Corporación Defensora del Agua, Territorio y Ecosistemas.

Por lo tanto, Santiago anunció que ya están preparando un recurso de nulidad entre varios colectivos, para ser presentado una vez conozcan por completo el fallo.

"Vamos a ver cuáles fueron los argumentos esgrimidos por los magistrados que votaron a favor, recordemos que la votación quedó a favor 5-1 (...) Diferentes colectivos ya le habían dicho a la Corte Constitucional, 'ojo, mire, aquí hay unos problemas, esta tutela es improcedente, estos magistrados se encuentran inhabilitados'; la Corte Constitucional ha sentado esta jurisprudencia, el Consejo de Estado ha sentado esta jurisprudencia, y frente a eso, aún con todos esos elementos la Corte decisión tomar esa decisión", concluyó. 

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Preparan recurso de nulidad frente a decisión de Corte que frenaría consultas populares

0:27 5:25
Fuente

RCN Radio

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