Procurador pide al presidente Duque no objetar ley estatutaria de la JEP
A través de una carta, Fernando Carrillo expuso la necesidad de la ley para el proceso de paz y las víctimas del conflicto.

El procurador Fernando Carrillo le pidió al presidente de la República, Iván Duque, no objetar la ley de la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP), tras asegurar que ello significaría un riesgo en la seguridad jurídica del acuerdo de paz logrado con la extinta guerrilla de las Farc.
A través de una carta, el procurador Carillo explicó en cuatro puntos que es necesario que exista una hoja de ruta para la JEP, que permita lograr una mayor estabilidad a los alcances del acuerdo final.
Carrillo precisó que "es necesario que haya límites precisos a las actuaciones de la JEP y que el Sistema Integral de verdad, justicia, reparación y no repetición, garantice efectivamente los derechos de las víctimas del conflicto armado y de los procesados, por lo que se aprecia como necesaria la pronta sanción presidencial al Proyecto de Ley No. 08 de 2017 Senado, 016 de 2017 Cámara".
El procurador manifestó que no es constitucionalmente viable que el presiente objete la ley, sin evitar a futuro debates de control político frente al tema.
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“Constitucionalmente no es admisible la formulación de objeciones presidenciales en este momento del trámite legislativo, sin perjuicio de que con posterioridad se formulen debates de política pública en relación con la materia regulada, que puedan derivar en ajustes o actualizaciones de dicho estatuto, en los cuales habrá de considerarse en todo caso, la doctrina de la Corte Constitucional”, señala una parte del documento.
Desde el Gobierno han dejado claro que el presiente Duque podría objetar la ley estatutaria que fue sancionada constitucionalmente por la Corte, por motivos de inconveniencia.
Al respecto del tema, el comisionado de paz Miguel Ceballos, señaló que el “ presidente tiene unas prerrogativas que le confiere la Constitución y la ley y dentro de esas prerrogativas también tiene un plazo para analizar todas las implicaciones que se relacionan en este caso con la ley estatutaria”, señaló.
Este es el documento del particular:
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