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Procurador ratifica que sí puede preguntarle al presidente Santos por viajes de 'Timochenko ' a Cuba

Como lo anticipó en primicia RCN La Radio, el procurador general, Alejandro Ordóñez, le respondió hoy al presidente Juan Manuel Santos que él sí le puede preguntar sobre los viajes a Cuba del jefe de las Farc, Rodrigo Londoño Echeverry, alias 'Timochenko', en desarrollo del proceso de paz.

En carta enviada el mandatario, Ordóñez dijo que está en el deber de recordarle la obligación del presidente Santos de sujetarse a lo dispuesto en la Ley 418 de 1997.



El Procurador afirmó que allí no se consagra ninguna inmunidad para los funcionarios que participan en un proceso de paz.

Según Ordóñez, 'Timochenko' no cumplía con los requisitos fijados en esa ley, y le dirá a Santos que cuando se obvian esos requisitos se deja al Estado como protector de un criminal.

El Procurador sostiene la tesis de que sí le es dado preguntar lo que está preguntando porque el artículo 277 de la Constitución Nacional le permite al jefe de Ministerio Publico intervenir ante las autoridades administrativas cuando sea necesario en defensa del orden jurídico.

También se pudo conocer, que Ordóñez le dijo a Santos que acepta la invitación a una audiencia privada para discutir sobre el proceso de paz que adelanta el Gobierno con las Farc en Cuba.

Carta del Presidente al Procurador

Previamente, el presidente Santos calificó de "improcedente" el cuestionario que recibió por parte del procurador Ordóñez, quien le pidió aclarar los viajes de 'Timochenko' a La Habana, en el marco de los diálogos de paz.

En una carta enviada al procurador Ordóñez, Santos le recuerda que es él, como Jefe de Estado, quien lidera el proceso de paz.

"El cuestionario que formula en su comunicación es absolutamente improcedente a la luz del numeral 7 del artículo 277 de la misma Constitución Política, que usted invoca", señaló Santos.

Agregó que "en relación con su comunicación de la fecha estoy en el deber de recordarle, en mi condición de Jefe de Estado, que –de conformidad con la Constitución Política- la paz constituye un derecho supremo de los colombianos y un deber, que nos obliga a los servidores públicos".

El presidente Juan Manuel Santos aclaró que en el artículo 10 de la Ley de Orden Público se le otorga esa potestad.

También, lo invitó "a una audiencia con la finalidad de ilustrarlo sobre los avances del proceso de paz, con la seguridad de que el señor Procurador se unirá a este propósito nacional".

Finalmente, Santos manifestó que "los órganos públicos tienen funciones separadas, pero deben colaborarse armónicamente para la realización de los fines de Estado".

Los cuestionamientos del Procurador

El procurador Ordóñez formalizó los interrogantes que formuló al Gobierno Nacional tras los permisos que obtuvo 'Timochenko', y le envió una carta al presidente Juan Manuel Santos en la que le escribe un cuestionario sobre el tema.

Los interrogantes que el jefe del Ministerio Público le envía al mandatario se refieren a las salidas y al estatus político que el jefe guerrillero tiene en Colombia para poder hacer parte de los diálogos de paz que se desarrollan en La Habana (Cuba).

"¿Cuándo el señor alias 'Timochenko' adquirió la condición de 'vocero' o 'miembro representante' del grupo al margen de la ley Farc?", "¿Cuántas órdenes de captura existen a la fecha en su contra? ", fueron algunas de las preguntas enviados por el Procurador al Presidente de la República.

Asimismo puso en duda las figuras que utilizó la justicia frente a las órdenes de captura que tiene 'Timochenko' y el estatus jurídico que tiene el jefe insurgente.

"¿Cuándo el Gobierno Nacional certificó al señor alias 'Timochenko' ante las autoridades judiciales la condición de 'vocero' o 'miembro representante' del grupo al margen de la ley Farc, a fin de suspender las órdenes de captura que se han dictado en su contra?", señaló Ordóñez en la nota.

Estos requerimientos los hizo el jefe del Ministerio Público a través de una carta de dos páginas en las que le solicita de manera respetuosa sean enviados a la Procuraduría los informes presentados por el Gobierno a las comisiones Primera de Senado y Cámara, referidos a la utilización de las atribuciones que le confiere al Presidente de la República la Ley 418 de 1997, que regula los procedimientos en desarrollo de procesos como el adelantado en la actualidad con la guerrilla de las Farc.