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En la denuncia se conoció de la posible intervención de un sindicato.

¿Qué cubren realmente las ARL en el trabajo en esta cuarentena?

El Gobierno aseguró que las aseguradoras son responsables de insumos de protección a médicos que atienden coronavirus.

El investigador Iván Jaramillo, del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario en Bogotá, explicó los alcances que podría tener el Decreto 538 de 2020 en el que las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), deben incluir el coronavirus como enfermedad laboral directa para los trabajadores del sector salud. 

El experto aseguró en diálogo con RCN Radio, que dicho decreto confirma la ley en Colombia que habla de las enfermedades o accidentes producidos durante una jornada laboral. 

"El trabajador colombiano tiene derecho a todo el sistema de riesgo en seguridad laboral. Este decreto confirma lo que dice la ley y si se presenta una contingencia de los trabajadores que deben estar en las calles o hacen teletrabajo, las aseguradoras deben garantizar los beneficios y prestar el debido servicio", explicó. 

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Audio

(Audio) Iván Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la U. del Rosario, sobre responsabilidades de las ARL a trabajadores de la salud.

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Jaramillo aseguró que si una persona se contagia con el virus y se logra determinar que está ligado a su actividad laboral, la ARL debe responder por las prestaciones que se deriven de esta situación en cuanto a los subsidios y demás beneficios.

Con relación al teletrabajo, el experto aseguró que en el país esta figura está regulada y agregó que debe haber acompañamiento al trabajador sobre su sitio de trabajo en la casa por pate de la aseguradora y cómo debería ser para evitar futuras lesiones o contingencias. 

"Cuando un trabajador es enviado a la casa, está previsto en la ley que de haber un acompañamiento de la ARL al trabajador para que no haya perjuicio en su salud, porque estar sentados en un computador, escribir durante ocho horas o más pueden afectar la salud en el mediano y largo plazo", indicó. 

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Jaramillo también manifestó que la ley contempla unos auxilios en dinero que el empleador debe asumir a su empleado que labora desde la casa, como el pago en un porcentaje del servicio de luz e internet.

De la misma forma, la empresa debe ayudar económicamente por los equipos que usa el trabajador (que son de su propiedad) y que pueden malograrse con el tiempo.