Reducción de horas de trabajo en Colombia, ¿cuándo se inicia? ¿pueden bajar el salario?
Este año viene con un radical cambio en el modelo de trabajo: baja la jornada laboral.
El 2023 trae una serie de sustanciales cambios en el modelo de trabajo en Colombia, como habitualmente se conoce.
Se trata de un cambio sustancial en la jornada de trabajo que fue aprobado en una ley de 2021 y que empieza su aplicación en cuestión de días.
Los colombianos semanalmente trabajan 48 horas, algo que sufrió un profundo cambio en una reforma tramitada en el legislativo.
Reducción de jornada laboral: Día que inicia aplicación
La jornada laboral en Colombia tiene unos sustanciales cambios a partir del próximo 15 de julio, cuando empieza la aplicación de una norma aprobada en el Congreso de la República hace 2 años.
La Ley 2101 de 2021 estableció una reducción progresiva del número de horas que trabajan semanalmente los colombianos.
Así entonces, la jornada de trabajo semanal va a pasar de 48 a 42 horas en un modelo de baja de horas paulatino que acabará en unos años.
La intención fue brindar la igualdad de oportunidades para los trabajadores, la remuneración mínima y vital, la estabilidad del empleo, el principio de favorabilidad y la progresividad.
Bajo estos parámetros, la jornada laboral cambia en el país a partir del 15 de julio de 2023 cuando se reducirá una hora. Con esto no se trabajarán 48 horas a la semana sino 47.
En ese modelo de disminución paulatina del número de horas el 15 de julio de 2024 la jornada semanal deberá ser de máximo 46 horas semanales.
Ahora bien, una pregunta recurrente entre los trabajadores es si esa reducción en la jornada de trabajo implica bajar el salario. La Ley tiene por objeto “reducir la jornada semanal de manera gradual, sin disminuir el salario ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores”.
Esta ley que se pone en aplicación se da en paralelo con la decisión del gobierno de Gustavo Petro de hacer cambios sustanciales en el modelo de trabajo.
La intención es que la jornada nocturna se inicie a las 6:00 p.m. y no a las 9:00 p.m. Además, el propósito es que los dominicales y festivos sean pagos en 100 % y no en 75 %.
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