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Economía en Colombia
Corrupción en Casanare.
Foto: Ingimage

El Tribunal Administrativo de Boyacá en un fallo de segunda instancia sancionó a la Alcaldía de Tunja con una multa de 377 millones 639 mil pesos, por los daños y perjuicios ocasionados a 96 copropopietarios del conjunto residencial Mirador de Andalucía del barrio La Esmeralda, situado en la zona norte de Tunja.

Desde 2011, dicho conjunto residencial fue ubicado en estrato cinco, cuando de acuerdo con los parámetros exigidos por el Departamento Nacional de Estadística DANE, sus inmuebles correspondía a estrato tres.

A través de una acción de grupo, los afectados solicitaron al Tribunal que ordenara el reintegro del exceso de dinero que desde 2011 cancelaron en servicios de energía eléctrica, gas domiciliario, acueducto, televisión, internet y telefonía móvil.

De acuerdo con la sentencia hubo errores en la aplicación de la metodología y eso se evidenció en las pruebas presentadas por los dueños de los apartamentos.  

“Al momento de efectuar la estratificación del conjunto, en el proceso de diligenciamiento del aplicativo, la administración municipal no señaló los datos reales para fijar el estrato socioeconómico, como lo fue la zona geoeconómica que solicitaba el software para arrojar el resultado, pues se consignó la zona 2 cuando el conjunto pertenecía a la zona 13, sin tenerse ninguna justificación legal ni metodológica para ello, y sin que tal variación fuera puesta de presente a los habitantes del mismo, pues de la lectura de los actos acusados, en ninguno de sus apartes se expuso porqué se efectuó la variación de zona, siendo su obligación explicar y dar conocer a los afectados las razones de variación de dicho ítem”.

Dentro de la investigación adelantada por el máximo órgano de lo contencioso administrativo de Boyacá se determinó que en el mapa oficial de las zonas geoeconómicas de 1998, se efectuaron anotaciones a mano, y por ello se compararon las condiciones del conjunto Mirador de Andalucía con Villas de Aranjuez, hecho que generó el error.

“A juicio del tribunal  tal circunstancia era incomprensible, pues claramente se trataba de un documento oficial, el cual según la normatividad aplicable, solo podía ser modificado cuando el Municipio efectuara un nuevo estudio, y en consecuencia, no podía ser alterado ni modificado por ningún miembro de la administración municipal, dice uno de los partes del fallo.

El Tribunal declaró nula la Resolución 004 del 2 de noviembre expedida por el Presidente del Comité de Estratificación de la Oficina Asesora de Planeación de la Alcaldía de Tunja, además del certificado AP- ES- NO del 31 de agosto de 2011;_ documentos por medio de los cuales se estratificó erróneamente a los copropietarios del conjunto residencial.

De igual modo, el municipio de Tunja fue condenado a pagar una indemnización por perjuicios materiales de 377 millones 639 mil pesos que serán divididos entre las 96 víctimas, correspondiéndole a cada uno el valor de 3 millones 933 mil pesos.

Luego de 15 días de haber sido notificado el fallo de segunda instancia se deberá iniciar nuevamente el proceso de estratificación de los apartamentos ubicados al interior del conjunto residencial Mirador de Andalucía.

Además, se recomendó al municipio adelantar un nuevo estudio de las zonas geoeconómicas, teniendo en cuenta que Tunja se ha desarrollado urbanísticamente en los últimos años.

El Tribunal Administrativo de Boyacá ordenó también que se compulsen copias a la Procuraduría regional de Boyacá y a la Fiscalía General de la Nación, para que se investiguen las presuntas faltas disciplinarias y las conductas penales en las que habrían incurrido al alterar a mano el mapa de los sectores geoeconómicos que es un documento oficial.

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