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Consejo de estado amparó derechos de mujer afectada por carga laboral

Foto Ingimage



Desde Paipa, Boyacá, La sala dió a conocer que amparó el derecho a la salud de la mujer que por carga laboral vio afectada su salud mental y física en la guajira

El Consejo de Estado amparó los derechos al trabajo, mínimo vital y salud de una persona que se vió afectada mental y físicamente debido a la carga laboral y al acoso del que era víctima en un juzgado de la Guajira, por lo que se ordenó su reubicación en otro despacho hasta que se emita un concepto médico favorable sobre su rehabilitación o se consolide su derecho a la pensión si es el caso.

La Sección Primera, con ponencia de la magistrada María Claudia Rojas Lasso, explicó que en este caso se evidenció que el entorno laboral del juzgado donde laboraba la accionante le causó constantes molestias psíquicas depresivas que han incidido en su estado de salud físico y psicológico, dificultando sustancialmente su desempeño laboral, situación que da lugar a un trato especial.

En el proceso se tiene en cuenta el concepto del médico tratante, adscrito a la EPS, del Comité de Convivencia y Conciliación de la Rama Judicial – Sección La Guajira y de la ARL correspondiente, quienes coincidieron en sugerir la reubicación de puesto de trabajo de la actora con el fin de mejorar su desempeño laboral y su estado de salud.

“Ante el estado actual de salud de la tutelante, resultaría contrario al orden constitucional obligarla a permanecer en el espacio físico y junto a las personas que le motivan su estado de depresión, pues en la práctica ello comportaría que la violación de sus derechos fundamentales se mantuviera en el tiempo”, señala la decisión.

La Sala señaló que la Corte Constitucional ha enfatizado que el derecho a la estabilidad laboral reforzada conlleva para el trabajador el derecho a la reubicación en un puesto de trabajo conforme a sus condiciones de salud, cuando se encuentre en una situación de debilidad manifiesta como resultado de la disminución de su capacidad física.