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Deforestación - referencial
Deforestación - referencial.
Colprensa.

Producto de las denuncias realizadas por la comunidad y el trabajo articulado a través de la estrategia Burbuja Forestal Ambiental entre el Ejército Nacional, Fiscalía General de Nación, la Gobernación del Meta, Fuerza Área Colombiana, la Armada Nacional y Cormacarena, se logró la intervención a puntos estratégicos donde se realizaba la tala de bosques nativos para el desarrollo de cultivos ilícitos y presunta minería ilegal en el municipio de Mapiripán (Meta).

Durante dos meses las autoridades, a través de un trabajo de inteligencia, lograron establecer los lugares donde se venían desarrollando actividades de tala, quema y succión de lecho de río, afectando los recursos naturales y el medio ambiente.

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“En la zona las autoridades encontraron dos dragas utilizadas al parecer para extracción de minería ilegal, y cuatro áreas de bosque nativo donde se estaba iniciando la tala de nueve individuos arbóreos de 60 metros de altura correspondientes a la especie de cedro y achapo, logrando detener a tiempo el aprovechamiento forestal ilegal”, informó el general Sergio Tafur comandante de la IV División del Ejército.

Según Cormacarena, estos trabajos ilegales se venían ejecutando en un área de conservación y protección de acuerdo con los instrumentos de planificación del municipio de Mapiripán, el cual ocupa el segundo lugar de desforestación en el Meta y el sexto en Colombia.

Los elementos utilizados para la realización de las afectaciones tales como motobomba y barcazas, fueron destruidos por las fuerzas militares de acuerdo con el decreto 2235 de 2012 del Ministerio de Defensa.

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Cormacarena de redoblará sus esfuerzos para dar cumplimiento de la sentencia 4360 del 2018 en la que la Amazonía Colombiana es sujeta de derechos.

“Cabe recordar que afectar los recursos naturales y del medio ambiente es un delito que podría incurrir en una pena hasta de 9 años de prisión y multas superiores a los 35 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes, según el Artículo 328. Ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables, Ley 599 de 2000 modificado por el art.29, Ley 1453 de 2011”, recordó Belsy Barrera directora de Cormacarena.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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