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Estación de monitoreo de calidad del aire - CAR Cundinamarca
Estación de monitoreo de calidad del aire - CAR Cundinamarca
CAR Cundinamarca

La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) reportó que dos estaciones en Soacha y una en Mosquera muestran niveles elevados de concentración de PM2.5, que de acuerdo con las normas nacionales y disposiciones internacionales, es considerado un contaminante de alto impacto para la salud.

Adicionalmente, en ambas poblaciones se han evidenciado procesos de transporte regional de contaminantes, que han contribuido al incremento en los niveles de concentración de este material, por lo cual la autoridad ambiental decidió declarar el nivel de prevención por calidad del aire en los dos municipios, según indicó Edwin García, director de Laboratorio e Innovación Ambiental de la CAR Cundinamarca. 

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Por lo anterior, se establecen las siguientes medidas restrictivas en el marco de la declaración del nivel de prevención

1. Restricción de operación de las fuentes fijas ubicadas en establecimientos industriales que operen con combustibles sólidos (carbón, madera, biomasa, etc.), de 10:00 pm del viernes hasta las 8:00 am del día lunes, a partir del viernes 06 de marzo de 2020, localizadas dentro del área urbana del municipio de Soacha.

2. Se recomienda a los municipios implementar medidas que disminuyan la circulación del parque automotor de carga dentro de sus cascos urbanos, en horas críticas de contaminación y de baja ventilación atmosférica de la siguiente manera:

De carga únicamente modelos superiores a 10 años (para el casco urbano):

  • De lunes a viernes entre 6:00 am a 11:59 am y de 5:00 pm a 9:59 pm.
  • Sábados, domingos y festivos entre 5:00 am y 9:00 pm.

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Sin embargo, no se podrá limitar la operación de ambulancias o vehículos destinados al transporte de enfermos, vehículos de atención de incendios y vehículos de atención del orden público.

3. Los municipios deberán adoptar medidas que promuevan el uso de transporte público y carro compartido.

4. Intensificar los operativos a fuentes móviles en vías, con especial atención a los vehículos que operan en ciclo diésel en los corredores viales del casco urbano del municipio de Soacha. 

5. De acuerdo con el artículo 2.2.5.1.9.1 del Decreto 1076 de 2015 para el nivel de Prevención:

  • Se restringe la operación de incineradores.
  • Se restringe todo tipo de quema controlada.
  • Se restringen las actividades industriales que utilicen combustibles fósiles (carbón, diésel, biomasa) en las horas y días indicados en el numeral 1.

Lo anterior aplica en el caso de que las fuentes de contaminación anteriormente mencionadas se encuentren dentro del casco urbano del municipio de Soacha. 

6. Fortalecer los operativos de seguimiento y control a fuentes fijas de emisión dentro del casco urbano del municipio de Soacha. 

La autoridad ambiental también hace las siguientes recomendaciones para tener en cuenta de manera voluntaria

  • Evitar actividad física prolongada y al aire libre, para población clasificada como grupos sensibles en especial niños, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedad cardíaca o pulmonar. 
  • Hacer uso racional del transporte en vehículo particular. Utilizar transporte público en lugar de carro particular.
  • Apagar los vehículos de carga y que operen con diésel mientras se encuentran en espera.
  • Optar por tele-trabajo y postergar las actividades fuera de la casa de ser posible.

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Fuente

Sistema Integrado de Información

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