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Sancionan a un almacén de cadena por despedir a trabajador con discapacidad auditiva

El Ministerio de Trabajo impuso una millonaria sanción a un almacén de cadena del país, por haber despedido a un trabajador con una discapacidad auditiva.

Según la entidad, "todo trabajador con estabilidad laboral reforzada sólo puede ser despedido con el permiso del Ministerio del Trabajo, independientemente que exista justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo".

La investigación concluyó que el trabajador no solamente fue despedido, sino que no se le ordenó el examen médico de egreso que habría permitido establecer su condición de salud.

Los hechos que dieron origen a la sanción se presentaron en agosto de 2013 en Cartagena, al dar por terminado el contrato a uno de sus trabajadores argumentando justa causa y cuatro días después de que regresara de una incapacidad determinada por la EPS Salud Total, como consecuencia de una enfermedad auditiva sensorial.

Las averiguaciones de los inspectores permitieron establecer que después del despido, la EPS determinó que el trabajador padecía una grave enfermedad de pérdida de audición, la que se ratificó con el concepto de fonoaudiología que dictaminó una pérdida de un 76% de la capacidad laboral.

Para la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo, "la empresa actuó de manera desproporcional y arbitraria" y consideró su conducta como "falta gravísima", al no ordenar el examen de egreso del trabajador ni tener en cuenta los antecedentes de incapacidades que tenía por las mismas dolencias.