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Frontera entre Colombia y Venezuela
Frontera entre Colombia y Venezuela.
AFP

El presidente de la República, Iván Duque, se reunió en Cúcuta con representantes de los distintos gremios económicos y las autoridades de la región.

En dicho encuentro dio a conocer detalles del decreto 2112 que reglamenta, en el Plan Nacional de Desarrollo, el régimen especial en materia tributaria para las empresas existentes y nuevas de las zonas de frontera.

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Se trata de los departamentos de Norte de Santander, La Guajira, Arauca y las ciudades de Armenia y Quibdó, en donde se ha sentido con mayor fuerza el fenómeno migratorio y el alto índice de desempleo.

Los sectores cuya actividad económica principal sea la industria, el agro y el comercio serán favorecidos con un 0 % en la tarifa del impuesto de renta durante los primeros cinco años, a partir del año gravable 2020, y un 50 % en la tarifa general aplicable a las personas jurídicas, en los siguientes cinco años.

Duque dijo en Cúcuta que “ya está la ley, ya está el decreto, se necesita ahora la creación de una verdadera agencia de promoción inversión, ir a las empresas y mostrar nuestro beneficios, pues ya el compromiso se encuentra en ustedes los gremios”.

Las zonas francas tienen un descuento de un 15%, mientras que las zonas económicas sociales tienen un descuento de un 0 % a las empresas nuevas, dijo el jefe de Estado.

Igualmente, señaló que “este decreto debe crear una transformación económica en la región y se debe cambiar el chip. Vamos a dejar de llamar a Norte de Santander una región de frontera a llamarla sin frontera, con la capacidad de ver mucho más allá, aprovechando que la crisis trae oportunidades”.

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Así mismo, dijo que se avanza en el proceso de incluir a los sectores de salud y turismo como generadores de servicios, medida que se logra gracias a la intervención del Colegio Colombiano de Contadores Públicos de Norte de Santander, en la que le solicitaba al mandatario electo de Cúcuta, Jairo Yáñez, abogar por la inclusión de la prestación de servicios en las actividades de la Zona Económica Social Especial (Zese).

Después de esta solicitud surgió un análisis, por parte de los congresistas Álvaro Uribe Vélez, Jairo Cristo y Juan Pablo Celis Cristo, quienes manifiestan que aunque las empresas dedicadas a la exploración y explotación de minerales e hidrocarburos fueron excluidas, las comercializadoras no lo están, por eso harán parte de los beneficiados.

El decreto determina que las empresas que quieran aplicar al beneficio tributario deberán contratar un 15 % más, tomando como base el promedio de número trabajadores vinculados durante los dos últimos años y mantenerlo durante el tiempo de vigencia del régimen especial.

La Ley determina que en ningún caso, el número de nuevos empleados podrá ser inferior a dos. En el caso de las empresas nuevas, el aumento del 15 % tendrá como base el promedio de los trabajadores vinculados desde su constitución y tampoco podrá ser inferior a dos empleos.

Las actividades económicas industriales fueron definidas como las “realizadas a través del uso de materias primas, insumos, maquinaria, equipo, recursos humanos, tecnológicos o servicios, para la transformación y obtención de bienes”.

Las actividades agropecuarias se definieron como “los procesos productivos que incluyen la siembra de cualquier tipo cultivo agrícola, plantación forestal o pastos, y la cría, levante o engorde animales para el consumo o para la venta”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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