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Secretario jurídico de la JEP aclara su interpretación en el caso del exministro Diego Palacio

Néstor Raúl Correa Henao, secretario ejecutivo transitorio de la Jurisdicción Especial para la Paz, aclaró la interpretación que realizó sobre el derecho de petición presentado por el exministro Diego Palacio con el fin de acceder a los beneficios de Justicia Transicional.



Néstor Raúl Correa Henao, secretario ejecutivo transitorio de la Jurisdicción Especial para la Paz, aclaró la interpretación que realizó sobre el derecho de petición presentado por el exministro Diego Palacio con el fin de acceder a los beneficios de Justicia Transicional.

A través de un comunicado, Correa aclaró sus primeras declaraciones y aseguró que el exministro Palacio no reconoció en su derecho de petición el delito de cohecho.

Este es el audio de la intervención pública sobre este caso:



Tras estas declaraciones, en el comunicado Néstor Raúl Correa Henao hace una mención textual a las partes del derecho de petición del exministro Diego Palacio.

“Insisto, con el fin de demostrar de manera preliminar a lo que se realizará con posterioridad en el marco de mecanismo de renuncia a la persecución penal, la relación entre la conducta punible de cohecho por dar u ofrecer a mi endilgada y el conflicto armado, plantearé el argumento en dos partes: (i) Expondré las consideraciones por la cuales según lo fallado por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia se puede concluir que la supuesta conducta por la cual fui condenado, tenía como fin lograr la reelección del gobierno del Presidente Alvaro Uribe y con ello, de su política de Seguridad Democrática; (ii) Probaré el vínculo existente entre la continuidad de las políticas del gobierno del Presidente Uribe Vélez, lograda a través de su reelección, y la persecución a los Grupos Armados al margen de la ley, dentro de los cuales se encontraban las Farc”.

En el comunicado también se indica que: “Las anteriores dos premisas me permitirán concluir que, de la sentencia condenatoria proferida en mi contra, se desprende, según el alto tribunal, que la conducta judicializada fue realizada con el objetivo de lograr un cambio en el régimen constitucional vigente hasta ese momento, que permitiera la reelección del Presidente Álvaro Uribe Vélez. Reelección que tenía como pilar fundamental y principal motivador la continuidad y la consolidación de la Política de Seguridad Democrática, la cual integraba una serie de medidas que impactaban directamente el desarrollo de la lucha contra los grupos armados al margen de la ley”.