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Colprensa

Es muy común escuchar casos de personas a las que les gustaría cambiar su nombre, ya sea porque no se identifican con este, tuvieron la mala fortuna de que al momento de ser registrados quedó con mala ortografía. han cambiado de sexo o sufrieron de todo tipo de burlas.

En Colombia existe la posibilidad de cambiar de nombre por medio de un sencillo trámite que se lleva a cabo en una notaría, dado que la ley en el país garantiza a las personas dos derechos: a tener un nombre que lo identifique y a modificarlo si así lo desea.

“Encontramos el caso, por ejemplo, de un ciudadano que se llamaba Consuelo Alfonso; él pidió eliminar su primer nombre. Otros son de personas llamadas Gokū, Ponopono, Carsito y Zubarra, quienes optaron por un nombre más común”, aseguro el superintendente de Notariado y Registro, Rubén Silva Gómez.

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Nada más entre enero y agosto de 2018 fueron más de 8.000 las personas que realizaron este trámite en una notaría, siendo Bogotá, Cali y Barranquilla las ciudades con más casos.

Sin embargo, es necesario tener en cuenta que, con el fin de evitar acciones criminales por medio del cambio de identidad, el artículo 6 del decreto 999 de 1988 establece lo siguiente: "El propio inscrito podrá disponer, por una sola vez, mediante escritura pública, la modificación del registro, para sustituir, rectificar, corregir o adicionar su nombre, todo con el fin de fijar su identidad personal".

Esto quiere decir que una persona solo podrá cambiar de nombre una vez en toda su vida, salvo exista una justificación constitucional clara y suficiente para hacerlo de nuevo.

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Ahí incluye, por ejemplo, casos en que menores de edad cambiaron de nombre (proceso que se hace con autorización de los padres), al cumplir la mayoría de edad se les garantiza el derecho de volver a modificarlo. Lo mismo ocurre si hay cambio de sexo o si por protección de la persona es necesario recurrir a esto.

¿Cuál es el procedimiento para cambiar de nombre?

Es importante tener en cuenta que al realizar este proceso, la persona puede modificar su nombre de pila o su apellido. Esto incluye desde corrección ortográfica, añadir o suprimir una parte del nombre hasta cambiarlo por completo.

Para llevar a cabo el proceso, la persona interesada deberá llevar a una notaría la fotocopia de su cédula de ciudadanía y una copia autenticada del registro civil de nacimiento.

Tras esto, deberá solicitar en la notaría una escritura pública en la que se procederá a realizar el cambio de nombre. Con este documento podrá ir a la oficina donde reposa su registro civil y solicitar el cambio del mismo.

Una vez realizado, deberá tramitar la rectificación de su documento de identidad por medio de la copia del registro civil en el que se evidencia el cambio de nombre.

Fuente

Sistema Integrado Digital

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