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Saludvida
Foto RCN Radio - Diana Cabrera

El Ministerio de Salud anunció a partir del primero de enero de 2020 se hace efectivo el traslado de todos los afiliados de Saludvida EPS a otras EPS que deberán garantizar la continuidad de la atención en salud y de los tratamientos médicos.

La sorpresiva decisión fue anunciada en medio de una serie de diferentes acciones judiciales que se interpusieron para frenar el proceso de liquidación que la Superintendencia Nacional de Salud había iniciado contra esta entidad.

“Para el Gobierno Nacional es una prioridad proteger el derecho fundamental a la salud de todos los colombianos”, señala el Ministerio de Salud en un comunicado.

El traslado de los 1'098.268 afiliados de Saludvida, tanto del régimen contributivo como subsidiado, se adelantó directamente a 18 EPS de todo el país, que deben contar con las redes de atención necesarias para brindar servicios con cobertura, oportunidad, calidad y sin interrupciones.

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Las EPS designadas para los traslados son: Nueva EPS, Coosalud, Cajacopi Atlantico, Salud Total, Sanitas, Famisanar, Mutual Ser, Sura, Comfaguajira, Salud Mía, Epsi, Anas Wuayuú EPS, CCF de Nariño, Aliansalud, Mallamas EPS y Pijaos Salud. 

Con esta decisión, según el Ministerio de Salud, se da cumplimiento al fallo del Juzgado Primero Administrativo de Manizales, que ordenó proteger los derechos fundamentales a la vida, la dignidad humana, la salud y la seguridad social de todos los afiliados a Saludvida EPS.

“Desde hace varias semanas se ha trabajado para que las EPS preparen la recepción de los afiliados que recibirán a partir del primero de enero de 2020”, señala.

Las EPS receptoras, a través de su red de prestadores, deben continuar prestando los servicios y entregando los medicamentos que previamente han sido ordenados.

“No serán necesarios trámites adicionales por parte de los afiliados en caso de órdenes realizadas a través de (Mipres) o por autoridades administrativas o judiciales”, afirmó.

Las EPS receptoras deben garantizar la oportunidad y continuidad en la atención a todos los pacientes, con énfasis en aquellos que tengan enfermedades de alto costo, madres gestantes, hospitalizados y aquellos que padezcan enfermedades de carácter crónico.

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El Ministerio de Salud dijo, además, que las secretarías de salud y la Superintendencia Nacional de Salud deberán vigilar que las EPS receptoras garanticen la continuidad en la prestación de los servicios a los usuarios trasladados y que los prestadores no generen barreras de acceso para la atención.

Con el fin de atender las dudas e inquietudes que se presenten, la Superintendencia Nacional de Salud tiene habilitada la línea gratuita nacional (018000513700), disponible las 24 horas del día. Adicionalmente, están los horarios de oficina o el chat en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud www.supersalud.gov.co.

De acuerdo con la misma directriz, todos los usuarios asignados podrán cambiar de EPS, si así lo deciden, a partir del primero de abril de 2020. 

Las comunidades indígenas que fueron asignadas a otras EPS podrán trasladarse a la EPS de su elección, una vez se surta el proceso de consulta previa, de conformidad con el marco legal vigente.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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