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El condenado fue sorprendido con más de 120 gramos de cocaína en su cuerpo, reveló la Fiscalía.
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Los centros penitenciarios de Colombia siempre han sido tema de debate en las principales ciudades y durante los últimos años, han sido foco de críticas para los últimos gobiernos, teniendo en cuenta los altos porcentajes de hacinamiento, así como también las escandalosas fugas de importantes reclusos. 

Hasta noviembre de 2022, en el Senado se debatía la situación penitenciaria de 195.000 personas que están privadas de la libertad en Colombia, teniendo en cuenta que en los 132 centros penitenciarios del país hay capacidad para 82.232 reclusos, lo que traduce que hay un alto porcentaje de hacinamiento.

Si bien están en prisión por cometer algún delito, sus familiares constantemente están en contacto con ellos e incluso necesitan hacer trámites con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec).

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A continuación, algunas de las preguntas frecuentes sobre los trámites y procesos que se pueden hacer con el Inpec:

 

Enviar encomiendas a un preso

El reglamento interno del establecimiento de Reclusión determinará los días y horas de recepción y entrega de paquetes o encomiendas dirigidas a las personas privadas de la libertad. La recepción de estos se hará previa identificación de quien los deposita, con relación detallada del contenido, registrando nombre del remitente y destinatario, domicilio y documento de identidad de quien lo entrega.

El funcionario encargado de la recepción de las encomiendas realizará una minuciosa requisa de los elementos que contiene y dejará constancia de sus datos. Los artículos y objetos cuya entrada no se autoricen, deberán ser recogidos de inmediato por los remitentes. Sí se encuentran elementos ilícitos, se pondrán a disposición de la autoridad judicial competente indicando la identidad del depositante.

Trámite de visita conyugal

 

La persona privada de la libertad deberá solicitar por escrito la visita íntima al Director del Establecimiento de Reclusión, señalando nombre e identificación de la persona con quien se pretende dicha visita, quien deberá estar previamente inscrita en del listado de personas autorizadas para realizar visita al privado de la libertad.

El reglamento de régimen interno de los Establecimientos de Reclusión establecerá los horarios y frecuencias con las cuales se llevará a cabo la visita íntima, respetando en todo caso el orden cronológico de las solicitudes y la disponibilidad de los espacios destinados para tal efecto.

Consignaciones a Personas Privadas de la Libertad

Consignaciones convenio con el Banco Popular

1. Los privados de la Libertad recluidos en establecimientos donde se administran los recursos en cuentas del banco Popular deben autorizar hasta cinco personas colombianas mayores de edad para realizar consignaciones a su nombre.

2. En el establecimiento el preso debe entregar al comandante de vigilancia (nombre completo, número de Cédula, o una copia de la cédula) de las personas autorizadas para consignar.

3. Diariamente, el Inpec actualiza la base de datos al banco de las personas autorizadas para consignar a los presos y después de 24 horas pueden realizar las consignaciones.

4. Las personas autorizadas para consignar a los presos deben acercarse a cualquier sucursal del banco Popular con la cédula en original, realizar el proceso de enrolamiento para ser identificado por medio de biometría.

5. Las consignaciones se deben realizar únicamente en medio de pago efectivo en la cuenta corriente a nombre del INPEC No. 040311656 del banco Popular y cada preso pueden recibir mensualmente hasta 2 SMMLV.

6. Las consignaciones en el banco Popular no requieren diligenciar formato, el autorizado debe presentar al cajero la cédula en original y suministrar la información del Privado de la libertad, (NUI Y NOMBRE COMPLETO).

7. La persona que consigna antes de retirarse de la caja, debe verificar que en el timbre del banco registre el valor consignado, los datos del privado de la libertad (NUI Y NOMBRE COMPLETO) y el número de cédula del autorizado.

8. Los recursos consignados a los presos, son cargados a los folios dentro de las 24 horas siguientes a la consignación, las consignaciones del día viernes son cargadas el primer día hábil de la siguiente semana, una vez cargados los recursos a los PPL quedan disponibles para el consumo en los expendios de los productos de primera necesidad.

9. Si el recaudo de los recursos de los Privados de la Libertad genera gastos financieros, estos son asumidos por la persona que consigna.

Otros bancos:

1. No requiere de autorización para consignar.

2. Diligenciar el formato establecido por la entidad bancaria.

3. Las consignaciones para los PPL de sus familiares o allegados se realizan directamente en la cuenta matriz del establecimiento, publicada en la puerta principal de centro reclusión

4. El medio de pago es únicamente en efectivo y un monto mensual de hasta 2 SMMLV por preso.

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5. La persona que consigna antes de retirarse de la caja, debe verificar que en el timbre del banco registre el valor consignado, los datos del privado de la libertad (TD Y NOMBRE COMPLETO).

6. Entregar en la pagaduría del establecimiento, el formato original de la consignación para la identificación de los recursos.

Si el recaudo de los recursos de los Privados de la Libertad genera gastos financieros, estos son asumidos por la persona que consigna

Traslado de cárcel

La cárcel más grande de Colombia
La cárcel más grande de Colombia
Colprensa

El preso o su familia puede requerir el traslado al Director de la Regional, con el fin que se reúna la Junta Regional de Traslados y determine su solicitud. Quiero aclararle que por acercamiento familiar no existen traslados.

Atención salud de los reclusos

A partir de la expedición del Decreto Reglamentario 1141 del 1 de abril de 2009, las personas que tiene algún tipo de seguridad social en salud, bien sea del régimen contributivo, del régimen subsidiado o de un régimen exceptuado, conservarán tal afiliación en tanto cumplan con los requisitos previstos para la permanencia en el régimen al que están adscritos y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que los afilia pagarán las atenciones que requieran.

Quienes estén privados de la libertad y no tengan ningún tipo de seguridad social en salud, serán asegurados por el Inpec con recursos propios a través de una EPS del régimen subsidiado de naturaleza pública del orden nacional, una vez esté en ejecución el contrato de aseguramiento de que habla el decreto antes mencionado.

Es de anotar que esa EPS del régimen subsidiado de naturaleza pública del orden nacional prestará los servicios de salud que requieran quienes estén afiliados a una EPS del régimen contributivo o subsidiado y posteriormente hará los recobros pertinentes.

Es de anotar que ya no es necesario renunciar a los servicios de salud del Inpec para que una persona pueda acceder a las atenciones en salud a través de su EPS.

Donar libros

Para realizar donación de libros o material Bibliográfico se debe enviar el ofrecimiento por escrito dirigido al Director General del Inpec. Para la donación de libros o material bibliográfico es importante tener en cuenta: El material se debe encontrar en buen estado. Debe contener información actualizada. No deben ser libros de carácter religioso o correspondiente a niveles de educación primaria o infantil.

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Una vez aceptada la donación por parte del Director General de Inpec, la dependencia competente en la Sede Central o el Establecimiento de Reclusión, se pone en contacto con el donante a fin de comunicarle los pasos a seguir.

¿Cuánto vale un brazalete del Inpec?

Actualmente, se paga en promedio $28.000 pesos por día por cada preso con brazalete.

Fuente

Sistema Integrado Digital

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