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Corte Constitucional
RCN Radio

La Corte Constitucional hizo fuertes llamados de atención al Ministerio del Interior para que tenga en cuenta que muchas comunidades étnicas del país no están incluidas en sus bases de datos, ni cuentan con territorios colectivos titulados, lo cual puede conllevar a la vulneración de derechos fundamentales.

Eso descubrió la Corte al estudiar una tutela del Consejo Comunitario Casimiro Meza Mendoza (Coconebo) del Corregimiento de Boquerón, Cesar, a quienes no se les tuvo en cuenta a través de la consulta previa para la construcción de un proyecto de energía del Grupo de Energía de Bogotá en el corregimiento el Boquerón donde ellos viven.

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La tutela señaló que, aunque el Grupo de Energía pidió al Ministerio de Interior un listado de las comunidades étnicas de la región para tenerlas en cuenta, en esa lista no estaba ese grupo a pesar de ser reconocido por la Unidad para la Atención y Reparación a Victimas en el 2016 como comunidad negra del Boquerón.

“Las actuaciones de las dependencias del Ministerio del Interior demandadas impidieron que el Consejo Comunitario de Coconebo fuera reconocido como una comunidad étnica ubicada en el área de influencia del proyecto (…) Por lo tanto, vulneraron los derechos fundamentales a la información, al reconocimiento, a la protección de la integridad étnica y cultural y a la consulta previa de la comunidad”, dice la tutela.

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En ese caso la Corte con ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, recordó que Colombia es un país multicultural y pluralista en el que las comunidades étnicas gozan de especial protección y derechos. 

La Corte concluyó que el Ministerio violó los derechos de esa comunidad al no tenerla en su base de datos.

“El Ministerio del Interior vulneró el derecho a la consulta previa del colectivo étnico. En efecto, se determinó que la obra a desarrollar por el GEB impactaba directamente a la comunidad indígena, en tanto afecta el hábitat de las especies nativas ubicadas dentro del territorio de la minoría étnica de las cuales la comunidad deriva parte de su sustento. La vulneración de los derechos está íntimamente ligada a la exclusión de la comunidad de la base de datos del Ministerio del Interior”, concluyó la Corte.

 Más adelante la Corte señaló que “el Ministerio del Interior: (i) a pesar de conocer la existencia del grupo y su ubicación, impidió su participación en la expedición de la Certificación N°0563 del 17 de octubre de 2019; (ii) omitió estudiar el impacto del proyecto en la comunidad y (iii) desatendió los llamados posteriores del GEB que pedían estudiar la situación de la comunidad”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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