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Dimayor ratificó sanción a Dario Rodríguez tras apelación del Bucaramanga

Foto: Colprensa - Diego Pineda



Este miércoles la Comisión Disciplinaria de la Dimayor ratificó la sanción al jugador de Atlético Bucaramanga Dario Rodríguez pese a la apelación del club a la multa económica de cuarenta y un millones trescientos sesenta y siete mil doscientos cuarenta pesos ($41.367.240) y dos (2) semanas de suspensión.

La Dimayor, a través de su Comisión Disciplinaria, ratificó la sanción a Dario Rodríguez de Atlético Bucaramanga, según la institución, por inducir en error al árbitro central del partido disputado por la Ida de los Cuartos de Final de la Liga Águila II 2016 contra el Deportivo Cali.

En una jugada presenta en el minuto 84 del juego de ida de los cuartos de final de la Liga Águila entre Bucaramanga y Cali, el jugador Dario Rodríguez recibió una falta del jugador Abel Aguilar, que fue considerada luego como simulación, que además ocasionó la expulsión del jugador del Cali que no pudo jugar el partido de vuelta de la llave.

La comisión explica que luego del análisis de las pruebas suministradas por el club de Santander, el video del partido muetras que "sin lugar a discusión existió una simulación que ocasionó una errónea valoración del árbitro central y que a la postre generó la expulsión de Abel Aguilar y que el equipo rival quedara en inferioridad de condiciones deportivas", explica la comunicación.

Por esto, queda ratificada la sanción al jugador que no podrá actual por el resto del año con el Atlético Bucaramanga. A continuación la decisión final:

"Se confirma la decisión de sancionar al jugador Darío Rodríguez con cuarenta y un millones trescientos sesenta y siete mil doscientos cuarenta pesos ($41.367.240) de multa y dos (2) semanas de suspensión por haber incurrido en una simulación que condujo directamente a la adopción de una decisión incorrecta por parte del oficial de partido, dos semanas que se deberán a empezar a contar a partir de la notificación de la Resolución No. 052 del 5 de diciembre de 2016. Contra la presente decisión no procede recurso alguno".