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COLPRENSA

Decepcionadas se declararon las Dignidades campesinas tras el anuncio del Gobierno Nacional de entregar una prima a los campesinos, tras asegurar que ese beneficio aplica para medianos y grandes productores y no para los pequeños quienes también han visto una reducción significativa en su ingreso por cuenta de la pandemia,

De acuerdo con el vocero de Dignidad Agropecuaria, Óscar Gutiérrez, el auxilio de 220 mil pesos aplica para grandes productores, mientras agregó que los pequeños campesinos en su mayoría no son asalariados de cultivos permanentes, no cuentan con un trabajo formal y tampoco han podido comercializar los productos.

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"La gran mayoría de los pequeños y medianos productores agropecuarios no tendrán acceso ni al apoyo ni a la prima de servicios  por la sencilla razón de que no son trabajadores asalariados de cultivos permanentes", dijo.

Agregó que "son campesinos, trabajan ellos mismos su tierra o en compañía -cuando no son propietarios- o lo hacen en tierras arrendadas y por eso mismo, no contratan personal, trabajan con su núcleo familiar. Es economía campesina, comunitaria, familiar. Si por la labor agrícola se ven necesitados de trabajadores -durante períodos de cosecha o siembra- lo hacen al contrato, por faena realizada o al jornal".

Cabe mencionar que las condiciones establecidas en el decreto 830 del 4 de junio de 2020, señala que a este beneficio podrán acceder "personas naturales que sean trabajadoras y/o productoras del campo colombiano que demuestren la necesidad del aporte estatal certificando una disminución del veinte por ciento (20%) o más en sus ingresos”.

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En ese sentido, el Gobierno agrega que “los beneficiarios deberán contar con un producto de depósito en una entidad financiera, tener más de tres trabajadores permanentes”, lo que significa que accederán los medianos productores y las empresas que cumplan esos requisitos, según precisaron las dignidades.

El valor del subsidio es de $220.000 y tal como sucede con el subsidio a la nómina, solo aplica para los agricultores que  que tengan mínimo 3 empleados y cumplan con el pago de la seguridad social. "Lo cual se corrobora a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, correspondiente al periodo de cotización del mes de junio de 2020".

Fuente

Sistema Integrado de Información

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