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Papas fritas
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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo reveló que el panel de árbitros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) le dio la razón a la apelación que presentó Colombia el año pasado, sobre la imposición de derechos antidumping a la importación de papas congeladas.

"La decisión arbitral dada a conocer hoy establece que Colombia tenía la razón al iniciar el proceso de investigación que terminó en la imposición de derechos antidumping sobre las papas fritas congeladas procedentes de Bélgica, Países Bajos y Alemania", señaló el Ministerio.

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Esa entidad señaló que los árbitros de la OMC también le dieron la razón a Colombia en que el acuerdo anti-dumping del organismo permite que se tomen en cuenta las interpretaciones jurídicas de las autoridades de que adelantan las investigaciones antes de emitir la interpretación preferida de los tribunales.

"Así las cosas, y tomando en cuenta el informe final del Grupo Especial de la OMC conocido en octubre y sumado a esta decisión arbitral, Colombia deberá rectificar algunos aspectos técnicos de las decisiones adoptadas y que derivaron en la imposición de los derechos antidumping", puntualizó el Ministerio de Comercio.

De otro lado, se puso en la conversación el uso de la base de datos de la Dian para calcular los márgenes de dumping, el trato confidencial de cierta información presentada durante la investigación y aspectos técnicos del cálculo de los márgenes de dumping.

"Colombia es respetuosa del mecanismo de solución de controversias de la OMC, por lo que se adelantarán las gestiones pertinentes para implementar las consideraciones de los árbitros en un periodo razonable, atendiendo a los procesos propios de la legislación interna', dijo Germán Umaña, ministro de Comercio.

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Según las normas de la OMC, "toda modificación de la medida tendrá tan solo efecto prospectivo", incluyendo una eventual reducción de los derechos antidumping.

Cabe mencionar que para el análisis de esta apelación se estrenó el acuerdo de arbitraje de apelación provisional multipartidista, que reemplaza, de manera provisional, al órgano de apelación de la OMC.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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