Comienza en firme la facturación electrónica en Colombia
Los grandes contribuyentes están obligados a facturar a través del nuevo sistema.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) recordó que, tal como lo establece la resolución 00062 de 2018, la fecha máxima para que los grandes contribuyentes empiecen a facturar electrónicamente se cumplió el 1 de enero de 2019.
Esa entidad señaló que, como lo dispuso la ley de Financiamiento, la Dian establecerá en los primeros meses del año el calendario y los sujetos que deben iniciar la implementación de la factura electrónica durante el año 2019.
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También se establecerán los requisitos técnicos de la misma para su aplicación específica en los casos de venta de bienes y servicios, pago de nómina, importaciones y exportaciones, pagos al exterior, operaciones de factoraje, entre otras.
“Con este sistema la Dian va a poder anticipar las situaciones de fiscalización o conductas que llevan a la evasión tributaria en el día a día, que no necesariamente son de mala fe, pues muchas veces son errores o desconocimiento de la ley, por parte de los comerciantes”, explicó José Andrés Romero, director de la entidad.
Además, desde el primero de enero de 2019 y hasta el 30 de junio de 2019 quienes estando obligados a expedir factura electrónica incumplan con dicha obligación no serán sujeto de las sanciones correspondientes previstas en el Estatuto Tributario.
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Sin embargo, los grandes contribuyentes deberán expedir un documento equivalente a la factura y demostrar que la razón por la cual no la emitieron obedece a un impedimento tecnológico o por razones de inconveniencia comercial justificada.
En la misma ley se determinó que la Dian establecerá los requisitos que deberán cumplir quienes aspiren a ser proveedores tecnológicos, y fijó sus obligaciones e infracciones
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