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Hasta hoy tienen plazo las entidades sin ánimo de lucro, que hayan sido constituidas en 2016 y 2017, y que deseen continuar en el Régimen Tributario Especial. 

Según Cecilia Rico, Directora de Gestión de Impuestos de la entidad, "en caso de no hacer dicha solicitud, podrán solicitar la calificación al Régimen Tributario Especial, después de esta fecha, como lo establece el Decreto 2150 de 2017".

Por su parte, el Director de la DIAN, Santiago Rojas, indicó que, “esas entidades que hacen muy buenas tareas en materia de solidaridad social, tienen todo el derecho a que, en lugar de destinar sus recursos para pagar impuestos, los destinen para su actividad social". 

El directivo señaló, que para que no exista abuso de este Régimen Especial y que las entidades no destinen esos recursos para beneficio propio, sino para su actividad social, "sin tener que pagar impuestos, éstas deben solicitar su permanencia o calificación en el régimen a través de los servicios informáticos de la entidad”.   

La Administración Tributaria recordó a esas entidades que el registro del Régimen Tributario Especia, está habilitado en la página web de la DIAN, y es a través de éste que se realiza el envío de la solicitud de permanencia. 

"También podrán solicitar asistencia y orientación telefónica en las siguientes líneas a nivel nacional 019005550993 y 019001115462 o en Bogotá: 057(1) 6059830 y 057(1) 5462200, de lunes a viernes 6:00 a.m. a 8:00 p.m. y sábados de 8:00 am a 2:00 p.m.", indicó Rico.

Compromiso

Las entidades creadas antes de 2016, que pretendan permanecer en el Régimen Tributario Especial para el año gravable 2018, tendrán hasta el lunes 30 de abril para presentar la solicitud.

Lo mismo debe hacer las creadas en 2017, que actualizaron el RUT antes del 31 de enero de 2018 y que aspiren a ser calificadas para este año en el Régimen Tributario Especial. Éstas también tendrán hasta el 30 de abril para registrar la solicitud.

Mientras que las ESAL creadas en el año 2018, podrán solicitar su calificación al Régimen Tributario Especial en cualquier momento, a partir del 4 de abril de 2018.

Según la DIAN, es importante que las Entidades Sin Ánimo de Lucro, validen que la información de ubicación, representante legal, responsabilidades, actividades económicas, correo electrónico y entidad de vigilancia y control contenida en su RUT esté actualizada.

Para adelantar este proceso de requisitos, la DIAN puso a disposición el Servicio Informático Electrónico - SIE Régimen Tributario Especial- RTE, para que las Entidades Sin Ánimo de Lucro – ESAL, presenten la solicitud de calificación o permanencia en dicho régimen.

Pedido

Esta semana un grupo de más de 200 Entidades sin Ánimo de Lucro (ESAL), le pidió al gobierno suspender la entrada en vigencia de una norma que modificó el régimen tributario especial, y que comenzará a operar desde la próxima semana. 

Esta norma busca meter en cintura, en materia tributaria, a estas entidades luego de evidenciarse que algunas de ellas no están cumpliendo con el espíritu para el cual fueron creadas y se están lucrando de diversas actividades. 

En una carta enviada al Ministerio de Hacienda, las entidades sin ánimo de lucro señalan que "el Decreto 2150 podría limitar el derecho de libre asociación, toda vez que bajo las condiciones actuales de las ESAL y debido a su modelo de constitución y naturaleza, muchas de ellas no podrían ejercerlo".

A estas entidades les preocupa que con la entrada en vigencia de esta norma, que hace parte de la Reforma Tributaria, se desestimule el sistema de donaciones, "ya que, además de tener que reportarse permanentemente a la DIAN y de tener que ser manejadas a través de entidades financieras, la norma modifica los beneficios a los que tienen derecho los donantes". 

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