Cargando contenido

Ahora en vivo

Seleccione la señal de su ciudad

Billetes colombianos - dinero
Carlos Andrés Ruiz Palacio en Pixabay

El texto de reforma tributaria que el Gobierno radicará ante el Congreso de la República como lo había anticipado hace unas semanas el Ministerio de Hacienda propone aumentar del 4 % al 12 % el número de personas que paguen el impuesto de renta.

En ese orden de ideas, la iniciativa propone que a partir del 2022, quienes ganen más de 800 UVT al año, es decir que sobrepase los $2'420.000 mensuales tendría que hacer un pago del 10 % sobre el excedente.

Es decir que si una persona gana durante ese año 820 UVT ($.2480.000), pagará el 10 % de las 20 unidades, equivalentes a $72.600 al año.

La iniciativa también señala que para el primer rango gravable que sería el 2022, se contempla un tope de 950 UVT,  es decir ($2.874.000) al mes .

Mientras que a partir del 2023 se propone que quienes devenguen más de 560 UVT al año es decir (1'694.373), pagarán el 10% anual sobre el excedente.

El pago de impuesto a la renta para personas dependerá de sus ingresos y con base en la Unidad de Valor Tributario (UVT)   que para este año es de $36.308 y de acuerdo con la siguiente tabla:

Es de mencionar que en este punto el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, explicó que para esta propuesta se tuvo en cuenta la paridad de poder adquisitivo que compara los costos de vida de los colombianos en otros países.

Vamos a tener una medida comparada internacionalmente, que nos diga cuánto necesita un colombiano para vivir en Chile o Australia. Estamos haciendo un trabajo de paridad de poder adquisitivo, que compara los costos de vida”, dijo.

Impuesto de dividendos  

La propuesta del Gobierno contempla un aumento en cinco puntos porcentuales al impuesto de los dividendos pasando del 10% actual al 15%.

Según el texto, las rentas líquidas gravables se calcularán teniendo a consideración los siguientes aspectos:  Se sumarán los ingresos obtenidos por todo concepto excepto los correspondientes a dividendos y ganancias ocasionales; a la suma anterior, le restarán los ingresos no constitutivos de renta imputables a cada ingreso. 

Fuente

Sistema integrado de información

Encuentre más contenidos

Fin del contenido.