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Inversionistas de CDT's
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Foto: iStock

Luego de una separación sentimental de unión libre o matrimonial que ha dejado hijos menores de edad, no terminan las obligaciones ya que es responsabilidad de las dos partes (tanto del hombre, como de la mujer) velar por el bienestar económico de ellos sin que les afecte la toma de tan difícil decisión.

En Colombia, la justicia ampara a los hijos menores de 18 años que estén estudiando, y los dos padres deberán establecer compromisos económicos para su desarrollo integral y garantizarle un techo digno (arriendo y servicios), estudio, vestuario, alimentación, salud, recreación, transporte, entre otros.

Dichas obligaciones económicas, pueden acordarse durante el proceso de separación en una Comisaría de Familia ante un juez o a través de un centro de asistencia del ICBF, en un trámite de conciliación extrajudicial.

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En la actualidad, la ley cuenta con mecanismos y procedimientos para garantizarles los derechos fundamentales a los niños, niñas y adolescentes en este aspecto.

¿Cuál es el porcentaje de su salario que deberá aportar?

La ley establece que la cuota alimentaria puede ser de hasta el 50 % del salario mensual y se distribuye porcentualmente de acuerdo con la cantidad de hijos que se tengan.

¿La cuota puede aumentar o disminuir?

Esta cuota alimentaria puede ser modificada cuando las necesidades del menor o joven hayan cambiado o así lo ameriten, al mismo tiempo, cuando las condiciones económicas de alguno de los padres cambie se hará la modificación en el monto de dicha obligación.

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Cabe resaltar, que en cualquier situación el monto de la cuota alimentaria podrá ser modificada por alguno de los padres si llegan a un acuerdo mutuo.

Sin embargo, en tal caso de que alguno de los padres se quede sin empleo o reduzca sus ingresos por alguna situación o calamidad, continúan obligados a cumplir con dicha cuota, y deben acudir al centro del ICBF donde se encuentre el caso del menor o adolescente para solicitar su revisión.

¿Qué documentos se deben presentar?

  • Original y copia del documento de identidad de las partes
  • Fotocopia del registro civil de nacimiento de los niños, niñas y adolescentes
  • Tarjeta de Identidad para mayores de 7 años
  • Demás documentos que quieran hacer valer en la audiencia.

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¿Cuánto incrementará la cuota alimentaria para este 2023?

Las cuotas que han incrementado con el salario tendrán un alza del 16 %. En caso de que la haya fijado con la inflación antes de iniciar el 2023, será de 13.12% el aumento. 

La cuota de alimentos puede ser de hacer el 50 % de su salario mensual y este se deberá repartir equitativamente entre los hijos que tenga la madre o el padre que debe pagar este rubro.

Si usted no cumple con esta obligación, podría pagar cárcel entre 16 y 54 meses de prisión. Además, una multa entre 13,33 y 30 salarios mínimos

 

Fuente

Sistema Integrado Digital

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