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Foto: RCN Radio.

La Superintendencia Financiera creó el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD), que contiene un conjunto de medidas en las que se establecen lineamientos de atención para el consumidor financiero que no ha podido cumplir con el pago de sus deudas, debido a las afectaciones ocasionadas por la COVID-19. 

La norma establece que los establecimientos de crédito deberán implementar este programa para los deudores que han visto afectados sus ingresos o su capacidad de pago como consecuencia de la pandemia,  para que puedan cumplir con el pago del crédito dentro de su nueva realidad económica. 

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Estas renegociaciones de los créditos deberán hacerse bajo los siguientes parámetros: se debe reducir el valor de la cuota mensual, no se podrá aumentar la tasa de interés inicialmente pactada y se podrán otorgar nuevos períodos de gracia sin la posibilidad de capitalización de intereses y sin cobrar intereses por otros conceptos que se difieran como cuotas de manejo o seguros.

“Teniendo en cuenta que la mayoría de los períodos de gracia y prórrogas concedidas tienen sus vencimientos durante los meses de agosto y septiembre los bancos, las compañías de financiamiento, las corporaciones financieras y las cooperativas financieras podrán iniciar la aplicación del PAD, a partir del 1 de agosto de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020”, afirmó el superintendente Financiero, Jorge Castaño.  

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El jefe del organismo de vigilancia señaló que en el caso de los créditos comerciales de medianas y grandes empresas, las características y resultados de la redefinición corresponderá a los acuerdos que hayan pactado con el establecimiento de crédito. 

El programa también incluye medidas especiales para la originación y la calificación por nivel de riesgo de las micro, pequeñas, medianas y demás empresas que se encuentren o lleguen a estar en procesos de reorganización. 

Finalmente, se indica que para aplicar la reestructuración del crédito los establecimientos bancarios podrán contactar directamente al deudor para presentarle, de forma sencilla, las nuevas condiciones de su deuda para su aceptación.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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