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La Superintendencia Financiera anunció que a partir del primero de julio, las entidades bancarias podrán cobrar un interés máximo de 25,77% a sus clientes por un crédito de consumo y ordinario, al igual que en el caso de las tarjetas de crédito. 

Según la entidad, la tasa que operará en el séptimo mes representa una disminución de cinco puntos básicos con respecto al periodo anterior. Además, para la modalidad de microcrédito es de 57.21% efectivo anual, lo que representa una disminución de 42 puntos básicos (-0.42%) con respecto al periodo anterior. 

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Igualmente, la Superfinanciera dejó en claro que, para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, habrá un tope de 17.18%, lo cual representa una disminución de tres puntos básicos (-0.03%) en relación con la anterior certificación (17.21%). 

Asimismo, certificó el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de microcrédito en 38.14%, lo cual representa una disminución de 28 puntos básicos (-0.28%) en relación con la anterior certificación (38.42%). 

Lo anterior operará en los siguientes periodos y modalidades de crédito: consumo y ordinario: entre el primero y el 31 de julio de 2021; microcrédito: entre el primero de julio y el 30 de septiembre de 2021. 

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Por su parte, los intereses remuneratorios y moratorios no podrán exceder 1.5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 25.77% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario y 57.21% efectivo anual para la modalidad de microcrédito. 

Cabe resaltar que para los efectos de la norma sobre usura, puede incurrir en delito en el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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