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La Superintendencia Financiera anunció que, entre el primero y el 31 de agosto, las entidades bancarias podrán cobrar un interés máximo de 25,86% a sus clientes por un crédito de consumo y ordinario, al igual que en el caso de las tarjetas de crédito.   

Según la entidad, la tasa que operará en el octavo mes para la modalidad de crédito de consumo y ordinario presentó un aumento de nueve puntos básicos (0.09%) con respecto al periodo anterior (25.77%). 

Asimismo, la Superfinanciera dejó en claro que para la modalidad de crédito de consumo y ordinario habrá un tope de 17.24%, lo cual representa un aumento de seis puntos básicos (0.06%) en relación con la anterior certificación (17.18%). 

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Cabe recordar que la Superintendencia, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, certificó el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y consumo de bajo monto, en los siguientes términos:  

Microcrédito de 38.14% entre el primer de julio y el 30 septiembre de 2021 y Consumo de bajo monto de 32.42% y su periodo de vigencia será del primero de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021.  

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Por su parte, los intereses remuneratorios y moratorios no podrán exceder 1.5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 25.86% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario. 

Cabe resaltar que para los efectos de la norma sobre usura, puede incurrir en delito en el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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