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Checo Acosta
Colprensa

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia falló a favor del pianista Jorge Eliecer Ospina, quien fue despedido por teléfono en 1999 tras hacer parte del staff del cantante Alcibíades Acosta Agudelo, mejor conocido como el 'Checo Acosta’.

En la demanda, el pianista contó que el 23 de febrero de 1988 inició sus labores en la banda del cantante mediante un contrato verbal. En su trabajo debía cumplir horarios y pagar multas por no asistir a los ensayos.

Al culminar su contrato, no le pagaron cesantías, vacaciones, primas y tampoco contó con las cotizaciones al sistema de seguridad social.

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Su demanda llegó a la Corte Suprema de Justicia, que le dio la razón al Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Barranquilla y al Tribunal Superior de esa ciudad, que ordenaron al cantante indemnizar al pianista con la suma de $23 millones por despido injusto.

Así mismo, se ordenó pagar 50 mil pesos “a partir del 14 de diciembre de 1999, por cada día de retardo en el pago de las prestaciones sociales” del pianista y pagarle la pensión hasta que cumpliera 60 años.

Ambos organismos judiciales concluyeron que sí existía un contrato de trabajo que obligaba al ‘Checo Acosta’ a pagar los dividendos que por ley le correspondían al pianista.

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“Recibía órdenes del accionado y estaba sujeto al cumplimento de los horarios que estableciera, deduciendo de allí la subordinación como elemento propio del contrato de trabajo”, dice uno de los apartes de la sentencia del Tribunal Superior de Barranquilla.

A juicio de la Corte, los fallos de los organismos judiciales no son irregulares, pues se comprobó que “entre las partes medió una relación de tipo laboral”.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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