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Minería
Foto: Suministrada Carder

Como un posible retroceso en materia de participación ciudadana, calificaron desde la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales de Colombia (Asocars) el fallo de la Corte Constitucional que restringiría las consultas populares mineras.

El alto tribunal determinó que la consulta popular ya no podrá frenar definitivamente la extracción y explotación minera, esto debido a que prevalece el interés nacional y no el municipal o regional.

Motivo por el cual, la Corporación avaló la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, quien advertía que las consultas mineras deberían ser la última opción para frenar la extracción de cualquier minera.

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Sobre este pronunciamiento, Ramón Leal, Director de la Asociación de Corporaciones Autónomas Regionales, aseguró que el fallo de la Corte Constitucional que pone freno a las consultas populares mineras, donde se abordan temas de interés nacional, será revisado minuciosamente, precisando de manera preliminar que cualquier acción que afecte o limite el derecho de participación ciudadana debe reconsiderarse.

“Desde el punto de vista institucional, como entidades del Estado, tenemos que acatar todas las políticas y estos fallos de la Corte terminan siéndolo. Hay que revisar en su momento todo el texto del fallo, en el sentido de mirar hasta dónde esto se puede interpretar como un retroceso de todos los temas de participación, que son muy propios de los asuntos ambientales, porque ayudan a legitimar todas las decisiones que en dicho plano se generen”, aseguró Leal.

En contexto: Consultas mineras no pueden vetar intereses de la Nación: Corte Constitucional

El representante de las Corporaciones Autónomas Regionales del país agregó que como autoridades pertenecientes al Estado, respetarán lo dispuesto por la Corte Constitucional, sin embargo, lamentan esta decisión, ya que las consultas populares mineras son recursos expeditos para la legitimación del sentir de las comunidades y la gente, cuando sienten que pueden estar en riesgo los recursos naturales y sus derechos ambientales.

Fuente

Sistema Integrado de Información

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