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Restricciones al Parapentismo en Colombia
Para poder practicar este deporte, el representante legal del club de aviación deportiva deberá informar con cinco días de antelación.
Foto: Ingimage

A través de una circular, la Dirección de Navegación Aérea de la Fuerza Aérea Colombiana anunció que se restringe y reglamenta el procedimiento de aviación deportiva dentro de zonas restringidas operadas y/o administradas por la Fuerza Aérea y Aviación de Estado. 

“Se establece parámetros e instrucciones con el fin de que todas las actividades de operación de aviación deportiva (parapentes, ala delta-paramotor y otros), se desarrollen de manera segura en las zonas restringidas y peligrosas; esto con el ánimo de elevar la conciencia situacional y evitar eventos de seguridad operacional, gestionando el riesgo al nivel táctico por cruces entre aeronaves y la aviación deportiva”. 

En el documento también se indica que estas nuevas restricciones buscan que las actividades se desarrollen con previo cumplimiento de unos requisitos de planeación, coordinación, desarrollo y finalización del vuelo.

“Defínase como zonas restringidas, prohibidas o peligrosas, todo espacio aéreo en el cual pudiera existir un peligro potencial para la operación de aeronaves y todas las zonas sobre las que la operación de aeronaves civiles puede por una u otra razón, ser restringida temporal ó permanentemente”.

Según la circular para poder practicar este deporte, el representante legal del club de aviación deportiva deberá informar con cinco días de antelación por los canales establecidos al Escuadrón de Navegación Aérea de la Unidad Militar Aérea (UMA).

Según la Fuerza Aérea, el inicio del ejercicio se notificará una hora antes, no se podrá iniciar la actividad sin haber obtenido autorización previa por parte de la dependencia de control de tránsito aéreo.

Además tendrá que notificarse: 

-Responsable de la operación.

-Número de contacto.

-Número de deportistas.

-Características especiales de la cúpula (color etc.)

-Hora de inicio del ejercicio.

-Tiempo estimado del ejercicio.

-Hora de finalización del ejercicio.

-Área de vuelo.

-Equipos de comunicación adicionales.

-Voladero de salida.

-Área prevista de llegada.

-Condiciones meteorológicas actuales en los sitios de salida, ruta y llegada.

Así como los futbolistas tienen cancha de fútbol, nosotros necesitamos espacio aéreo: parapentistas 

Luego de que la Dirección de Navegación Aérea de la Fuerza Aérea Colombiana anunciara que se restringiría y reglamentaría el procedimiento de aviación deportiva dentro de zonas operadas y/o administradas por la Fuerza Aérea y Aviación de Estado, Ivonne Pedraza, gerente de la empresa Parapente Paraíso, indicó que dichas medidas son una buena oportunidad para exigir más zonas de práctica para deportes aéreos, ya que no hay mucho espacio en el país para esta práctica. 

“Más allá de prohibir, sería bueno que nos entreguen más espacio aéreo donde todas las aeronaves sepan que solo se hace actividad de deporte aéreo. En Colombia hay zonas donde no hay aeropuertos, no hay escuelas de aviación y aún así están vetadas para este deporte”, afirmó.

Según Pedraza, buscan que el parapentismo sea considerado como un deporte nacional.

“Nosotros hacemos un deporte con el que deberíamos tener un espacio deportivo asegurado, así como los futbolistas que tienen derecho a una cancha de fútbol, los parapentistas deberíamos tener una montaña y espacio aéreo”.

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