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Un abuelo y su nieto - Tercera edad
Ingimage (Referencia)

Abandonar a un familiar enfermo es violencia intrafamiliar. Así lo advirtió la Corte Constitucional al revisar una tutela de un hospital contra la familia de un hombre de 52 años, que en 2015 fue abandonado en el centro asistencial luego de que ingresara por un accidente cerebral que lo dejó sin movilidad.

El hombre permaneció cuatro años internado en la clínica y a la fecha sus complicaciones ya fueron tratadas, al punto que ya no requiere asistencia médica, sino apoyo de su familia para el desarrollo de las labores cotidianas, según lo señalo la IPS.

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Aun así, dado a que ha sido imposible la ubicación de su familia, la Corte Constitucional estableció que debe ser la Comisaria Sexta de Familia la que se encargue del paciente.

“Los comisarios de familia están facultados para adoptar las medidas pertinentes para superar la situación de abandono debido a que se trata de un caso de violencia intrafamiliar”, señaló la Corte.

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El Alto Tribunal advirtió que en ese tipo de casos “la sociedad y el Estado deben intervenir” y son los funcionarios de las Comisarias de Familia quienes “deben brindar el acompañamiento necesario” para garantizar los derechos fundamentales de la persona abandonada.

“Puede incluir la adopción de medidas que garanticen el alojamiento, la alimentación o el transporte que llegue a requerir el afectado, su inclusión en programas estatales, o cualquier otra acción que se estime pertinente”, dijo la Corte.

La Corte señaló que en caso de que no se pueda contactar a la familia del hombre, "se disponga su inclusión en algún programa de asistencia de la Alcaldía Distrital que le garantice su reincorporación al entorno comunitario".

Fuente

Sistema Integrado de Información

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